En el marco de las audiencias públicas que se vienen desarrollando para debatir la propuesta de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de construir un complejo habitacional en Costa Salguero y Punta Carrasco, en las inmediaciones del aeroparque Jorge Newbery; la Administración Nacional de Aviación Civil no autorizó el emplazamiento del emprendimiento inmobiliario con las alturas proyectadas.
El objetivo del gobierno porteño es emplazar en esa zona el Parque Salguero que contempla la construcción de un conjunto de edificios contiguos de hasta 10 pisos. Este proyecto forma parte de la propuesta de rezonificación de Costa Salguero y Punta Carrasco, en Costanera Norte, que está siendo debatida en audiencias públicas en la Legislatura porteña.
Según la ANAC, la iniciativa vulnera los límites de altura establecidos por la superficie de ascenso en el despegue a pista 13; también los límites de altura establecidos por la superficie de protección al sistema de iluminación de aproximación (ALS) a pista 31.
Estas regulaciones exigen la evaluación del impacto de ruido y riesgo de accidente aéreo, estudio del que surge que la huella de ruido, tomando el nivel de ruido límite para zonas residenciales estipulado en la Ley 1540/2004, excede los valores límites, tantos diurnos como nocturnos.
Siguiendo los lineamientos de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, la ANAC advierte a las autoridades locales sobre el riesgo que representa para los terceros superficiarios la instalación de conjuntos habitacionales que reúna un gran número de personas dentro de las áreas próximas a las cabeceras de las pistas, como asimismo de los índices de molestia y perturbaciones que causa el ruido de las aeronaves en las personas expuestas al mismo.
En este sentido, remarca que la planificación y emplazamiento de construcciones residenciales deben efectuarse sólo después de estudiar a fondo los factores de ruido y riesgo de accidentes aéreos.
En relación con afectaciones generadas de las huellas de ruido, la ANAC señala que todo el plexo normativo a nivel nacional e internacional desalienta el emplazamiento de complejos destinados a residencias tan próximas a un aeropuerto, considerando además que la zona analizada excede los valores límites tanto diurnos como nocturnos estipulados por la propia Ciudad de Buenos Aires. Es por esto que, ante el estudio técnico realizado, se desalienta el uso residencial del emplazamiento pretendido.
En cuanto a la exposición involuntaria a accidentes aéreos de terceros superficiarios en la proximidad del aeropuerto, afirman que el nivel real de riesgo en los alrededores de los aeropuertos es quizá más elevado de lo que podría esperarse: “Si bien la probabilidad de un accidente por vuelo es muy pequeña (normalmente en el orden de 1 en un millón), los accidentes tienden a ocurrir principalmente durante las fases de despegue y aterrizaje, es decir, cerca de los aeropuertos”.
“Por todo lo expuesto, en razón de las afectaciones detalladas a las superficies de despeje de obstáculo del aeropuerto BUENOS AIRES / JORGE NEWBERY, no se autoriza el emplazamiento del mismo en la zona y con las alturas proyectadas”, finalizan desde la ANAC.




