La mañana de este martes, los candidatos a diputados nacionales por Unidad Popular, Claudio Lozano y María Eva Koutsovitis ingresaron en Comodoro Py una denuncia penal que inste “a la investigación y eventual juzgamiento de los más altos funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional y de los representantes legales de un conjunto de empresas agroexportadoras”.

El motivo de la denuncia —que también solicita una medida cautelar “urgente” para frenar la operatoria— es la presunta comisión de los delitos de “negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas”, “incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad”, y “defraudación en perjuicio de la Administración Pública”, en el marco del Decreto 682, al que llamaron el “fraude de las retenciones cero”.

Según el escrito, los funcionarios —con el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo a la cabeza— no tomaron una medida de fomento a las exportaciones, sino que pergeñaron “un ardid meticulosamente diseñado para beneficiar de manera ilegítima y multimillonaria a un grupo concentrado de corporaciones”.

De la presentación también formaron parte el abogado Marcos Zelaya y el fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad y también candidato a diputado por CABA, Jonatan Baldiviezo.

Los números de la defraudación

En detalle, el decreto que suscitó las críticas acaloradas de los productores y hasta de los titulares de la Sociedad Rural, fijó “un cupo de US$ 7.000 millones para exportaciones con un pago de derechos de exportación cero”. Ese beneficio se agotó en apenas dos días, el 23 y 24 de septiembre pasados. “En esas 48 horas se registró un volumen de declaraciones juradas de venta al exterior (DJVE) de casi 20 millones de toneladas”, aseguran en la presentación.

La denuncia afirma que esas operaciones implicaron que “se dejaran de contribuir al Estado US$ 1.540 millones”. Y que el complejo sojero absorbiera la parte del león: “se quedó con el 80% de lo declarado (US$ 5.600 millones) y el 92% de los beneficios fiscales”.

En concreto, “un grupo de apenas siete empresas concentró cerca del 90% de las exportaciones declaradas. Entre ellas se encuentran Cargill, LDC, AGD, Bunge, Cofco, Molinos Agro y Viterra”. Según el texto, “Cargill concentró el mayor porcentaje de dólares declarados (19%) y el mayor porcentaje de la pérdida de derechos de exportación (21%)”.

Los delitos

Para los denunciantes, la maniobra es doblemente ilegal. Por un lado, “la velocidad de la operación es materialmente incompatible con un proceso normal de compra de granos”, lo que la convierte en “un acto masivo de registración especulativa”. Por otro, el decreto ignoró la Ley 26.351, que desde 2007 obliga a los exportadores a “acreditar de modo fehaciente la tenencia o adquisición de los productos con anterioridad al incremento de alícuotas”. Esa omisión habilitó a que se registraran como ventas “granos que aún no habían sido sembrados o se encontraban en crecimiento”.

El cálculo que presentan los firmantes de la denuncia es contundente: “la operación habría requerido el movimiento de aproximadamente 650.000 camiones en menos de 48 horas”, una logística imposible de concretar. Además, “solo el 9% se embarcaría en octubre de 2025, mientras que el 20% restante recién se embarcaría a lo largo de 2026”.

El perjuicio no se limitó al fisco. “La maniobra generó un perjuicio fiscal directo de aproximadamente US$ 1.750 millones” pero también “causó un grave daño a los productores agropecuarios”. Mientras el incremento esperado del precio interno debía ser del 35%, “los precios internos subieron solo un 15% (de US$ 297 a US$ 342 por tonelada)”, con lo cual las empresas “capturaron la mitad del beneficio de los derechos de exportación que supuestamente iban a favorecer a los productores”.

Frente a este panorama, los denunciantes pidieron medidas cautelares urgentes: “la suspensión inmediata de las DJVE registradas” bajo el amparo del decreto, la exigencia a las empresas agroexportadoras de presentar “documentación fehaciente que acredite la tenencia o adquisición de la mercadería”, la “nulidad absoluta” de las operaciones no acreditadas y la “suspensión de cualquier acto administrativo o financiero que tienda a consolidar los efectos patrimoniales derivados de las DJVE consideradas fraudulentas”.

Fuente: Canal Abierto