El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 ordenó la reincorporación de un trabajador trans despedido en la Secretaria de Educación, que depende del Ministerio de Capital Humano de la Nación, al destacar la jerarquía de la Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para las Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins”.
El fallo, que se da a partir de una acción judicial impulsada por el Consejo Directivo de Capital Federal de la Asociación Trabajadorxs del Estado, destaca la obligación estatal del cupo laboral travesti, transexual y transgénero, que debe ser de una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.
Agrega que el objeto es “establecer medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en todo el territorio de la República Argentina”.
“El daño generado por la forma intempestiva en que se realizó la desvinculación contractual excede al aspecto económico que la pérdida del salario puede provocar al demandante y trasciende a su aspecto espiritual y anímico máxime cuando su acceso al contrato estuvo vinculado con la aplicación de la ley 27636 que protege sus derechos en virtud de la situación de vulnerabilidad en que su condición lo coloca dentro de la sociedad y que el Estado mediante la ley señalada procura proteger”, señala el fallo
Desde ATE Capital afirman que de esta manera se reconoce la responsabilidad del Estado en el daño ocasionado por la desvinculación del trabajador, y se ordena su inmediata reincorporación, en el mismo puesto, tareas y funciones que venía desarrollando.
Contacto: Clarisa Spataro 11-4945-3262.




