Desde la CTA exigen que se respete el derecho a la movilidad jubilatoria, incluido en la Constitución Nacional.
Organizaciones integrantes de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) iniciaron ayer ante la Justicia Federal de la Seguridad Social una demanda de inconstitucionalidad de la ley 26417, en tanto viola el derecho constitucional a la movilidad jubilatoria garantizado por el artícilo 14 bis de la Constitución Nacional.
Reclaman que tanto el mínimo jubilatorio, como el resto de la escala jubilatoria debe ser móvil y estar vinculada a los salarios de los activos en un 82%.
Los criterios del derecho a la movilidad conforme el aumento de los salarios, proporcionalidad para garantizar el nivel de vida de los beneficiarios, carácter sustitutivo de las jubilaciones, establecidos por la jurisprudencia de la Corte en su interpretación del art. 14 bis de la Constitución Nacional, no son respetados por la ley 26417, que subordina los haberes a las necesidades de financiamiento del Estado.
Las organizaciones aseguran que la ANSES tiene recursos suficientes para actualizar correctamente las prestaciones previsionales y abonar el 82% a todos los jubilados y pensionados.
Exigen, a su vez, que puedan participar, tanto los trabajadores activos como los jubilados, en la administración de la ANSES, eligiendo sus representantes en forma directa y democrática, conforme lo establece el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
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