El ginecólogo cipoleño, Leandro Rodríguez Lastra, fue declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Está acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años, víctima de violación. Se trata de un precedente que amedrenta, por primera vez, a quienes sobrepasan la decisión manifiesta de una mujer de interrumpir un embarazo no deseado. Por Romina Pezzelato para La Marea / La Tinta.

El ginecólogo cipoleño, Leandro Rodríguez Lastra, fue declarado culpable, este martes, del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Está acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años, víctima de violación en el año 2017. El juez Álvaro Meynet dio a conocer su veredicto y, en diez días aproximadamente, se informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

La fría mañana del martes en Cipoletti comenzó con una convocatoria desde las ocho horas junto a diversas organizaciones feministas en las afueras de Tribunales. “Desde que se inició el juicio, hemos estado presentes todas las mañanas haciendo al aguante a esta joven. Nos parece inadmisible la violencia a la que este médico expuso a la joven, estamos acá porque exigimos justicia”, afirmó Josefina Pfister, activista socorrista de La Revuelta, en diálogo con La Marea.

El juicio inició el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. La joven declaró en un marco de presión social muy elevado, sosteniendo que lo hacía también pensando en que nadie más pase por lo que ella pasó.
El Ministerio Público Fiscal estuvo presidido por Santiago Márquez Gauna y Anabela Camporesi, quienes afirmaron en su acusación que “el ginecólogo hizo todo lo posible para no hacer la ILE, pese a que, en ese entonces, no era objetor de conciencia”, por lo que lo definieron como un obstructor de derechos. Recordemos que la joven estuvo internada (presa, según la diputada Milesi) en el hospital de Cipoletti por casi tres meses en los que se le administraban distintos tratamientos sin brindarle información alguna.

Al salir de Tribunales, un grupo de los autodenominados pro-vida aplaudió al médico y se retiró en silencio luego de sucesivas provocaciones a lo largo de este proceso a los medios y a activistas feministas.
Por su parte, Rodríguez Lastra declaró al salir: “Estoy decepcionado, confiaba en otro resultado. La Justicia tuvo su lectura, el Juez decidió y lo manifestó. Sigo convencido de mis actos”, agregó el ginecólogo.

En diálogo con La Marea, Lorena Méndez (también activista de La Revuelta), quien se encontraba en las afueras de Tribunales, manifestó: “Estamos acá, tiñendo la calle de verde, acompañando a la víctima y a la diputada Marta Milesi que es quien logró que el caso llegue a juicio al realizar la denuncia formal contra Rodríguez Lastra”.
“Estamos muy felices, disfrutando este triunfo para que la corporación medica entienda que no pueden hacer lo que quieran con nuestros cuerpos”, agregó Lorena.

Esta resolución no es un revés, como dijo Rodríguez Lastra. Es un precedente que amedrenta, por primera vez, a quienes sobrepasan la decisión manifiesta de una mujer de interrumpir un embarazo no deseado.
Acaso este médico ya condenado siga sin entender que este proceso no se va detener. Que estaremos organizadas en todos lados. Cambiando la historia.

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En el inicio del juicio, La Tinta publicó la nota Maternar no es una obligación ¿o sí?, que reproducimos a continuación, en la que se relata el caso en detalle:

El lunes 13 de mayo comenzó el juicio contra el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, acusado de incumplimiento de los deberes de funcionario público por obligar a maternar a una joven contra su voluntad, tras haber solicitado un aborto legal de un embarazo generado por una violencia sexual.

En enero de 2017 una joven de 19 años se presentó en el hospital de Fernández Oro de Río Negro porque creía que estaba embarazada. Le indicaron análisis de sangre para fines de marzo, porque en ese momento refirió su intención de abortar.

Tres meses después, el 2 de abril, fue derivada a la guardia del hospital de Cipolletti donde la atendió el médico Leandro Rodríguez Lastra, jefe del servicio de ginecología. En ese momento tenía fiebre, contracciones, pero no había dilatación uterina ni presentaba hemorragia. Tenía 22 semanas de gestación producto de una violación. El médico le aplicó un medicamento para revertir el cuadro, contra su voluntad y sin explicarle qué consecuencias traería, y la joven insistía en que deseaba interrumpir el embarazo. Fue internada contra su voluntad durante más de dos meses. La joven refirió que el médico le mintió sistemáticamente cuando la atendió en el hospital y que le suministraba medicación sin su consentimiento. Finalmente, debió atravesar una cesárea y se dió en adopción al recién nacido.

La denuncia contra el médico la realizó la diputada provincial Marta Milesi. Hubo 4 jornadas de juicio, en las que declararon alrededor de 26 testigos.

El aborto en Río Negro está garantizado por la ley provincial N°4796, sancionada en 2012. Allí queda claro, en consonancia con el Código Penal, que las causales por las que se puede acceder a un aborto legal son violación, peligro de vida o para la salud de la persona gestante, y atentado contra mujer idiota o demente. El Fallo FAL dejó muy claro cómo proceder ante la solicitud de la interrupción del embarazo tras haber vivido una violación. El protocolo para la atención de personas con derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) no explicita límite de semanas para su realización, al contrario de lo que argumenta el médico en cuestión para evitar cumplir con la interrupción legal.

La respuesta de lxs antiderechos fue contundente: todxs lxs ginecólogxs y obstetrxs del hospital de Cipolletti se inscribieron como objetores de conciencia, con una sola excepción. Lo mismo hicieron sus colegas del resto de la región, que abarca Alto Valle, Cinco Saltos, Catriel, Allen y General Roca. Pero la objeción de conciencia nunca puede obstaculizar una práctica estipulada por la ley, como lo fue en esta situación. En caso de no haber personal que pueda llevarla a cabo, debe la persona ser derivada con otrx profesional u otra institución, para garantizar la interrupción segura y legal.
Esperamos que este juicio logre sentar un precedente. Es la primera vez que se juzga a un médico por negarse a cumplir con el protocolo de ILE, infringir leyes vigentes, provocar violencia obstétrica y faltar con su deber de funcionario público, interponiendo su moral, su ética y su religión, por sobre los derechos de la joven. La semana que viene podríamos tener novedades de un veredicto.

Sabemos que el poder judicial muchas veces no está de nuestro lado, sin embargo, es histórico que nos animemos a contar las violencias que sufrimos, a visibilizar que no somos incubadoras, que tenemos voz y que queremos que se escuche bien fuerte: Somos muches y con nosotres no podrán. Maternar no es una obligación. Será ley, y será donde nosotres queramos: aborto libre y seguro.

Imagen: Colectivo Manifiesto.