El proyecto de Código de Faltas fue presentado públicamente por el gobernador bonaerense Daniel Scioli la semana pasada, e ingresaría a la Legislatura provincial antes de fin de mes.
(Analia Rodríguez – Red Eco) Buenos Aires – Alrededor de un centenar de organizaciones repudió el martes en la Cámara de Diputados bonaerense el nuevo Código de Faltas que impulsa el gobernador Daniel Scioli y su ministro de Seguridad, Carlos Stornelli.
En referencia a su proyecto Scioli dijo que “se apunta a eliminar las infracciones o contravenciones que son el paso previo a la comisión de delitos" y agregó que "lo que se busca es combatir el alcohol que es el paso previo a la droga, la droga que es el paso a la violencia y la violencia que es el paso a la muerte". Casi como una alusión a la película Minority Report de Steven Spielberg, Scioli quiere prevenir el delito antes que se cometa. Quizás el gobernador no vio la película, pero al final se descubre que el sistema era factible de ser manipulado por quienes lo crearon y de esa forma ocultaban sus propios crímenes.
Las organizaciones reunidas el martes manifestaron mediante un comunicado que el proyecto “amenaza gravemente las libertades y derechos de los bonaerenses, atacando los fundamentos de nuestra democracia” y agrega que “con esta herramienta se avanza en la criminalización de la protesta social y se profundiza la represión de los sectores pobres y excluidos de la sociedad”.
De acuerdo al proyecto podrán ser consideradas faltas las despedidas de solteros y recibidas de estudiantes donde se saque parte de la ropa o arrojen sustancias que afecten su aspecto, se tome cerveza o se juegue al fútbol en la plaza o las veredas, tirar agua durante el carnaval o llevar una llave sin poder explicar su tenencia. Tampoco los ciudadanos podrán cubrirse el rostro en la calle o gritar en su propia casa.
Asimismo, reprime las manifestaciones públicas ya que se podrá detener a los que participan en marchas o reunión de personas, los que escriben graffitis y leyendas, los que pegan carteles en lugares no autorizados, los que se reúnen “tumultuosamente”, los que participan de piquetes, cortes de calle o escraches. También los que insulten en la calle o hagan un dibujo torpe que ofenda la “decencia pública”.
Quienes mendiguen, los “trapitos”, quienes ejerzan la prostitución, las personas en situación de calle, los borrachos, los vendedores ambulantes, los limpiavidrios o cualquier persona que se encuentre merodeando “sin causa justificada” generando “inquietud” en otras personas, pueden ser sometidos a este Código y, por lo tanto, multados o detenidos.
Como si esto fuera poco, también serán punibles los integrantes de clubes o asociaciones que realicen espectáculos públicos sin cumplimentar con todas las medidas municipales, provinciales y nacionales de seguridad, quienes hagan ruidos o toquen campanas que afecten la tranquilidad de la población y a los padres cuyos hijos menores dejen la escuela. En este último caso también quien ejerza la dirección de la escuela y no denuncie la deserción también será sancionado.
El proyecto crea la figura del juez contravencional que será designado por el gobierno provincial en cada municipio con acuerdo de los intendentes y por el plazo de 5 años. Este magistrado tendrá facultades para imponer multas, penas privativas de la libertad que pueden ir hasta 1 año de arresto, y disponer allanamientos e internaciones de alcohólicos sin plazo alguno. A su vez, establece que quienes no puedan pagar las multas deberán “pagar” su falta con penas de prisión.
Para ello dispone la creación de establecimientos destinados a la detención de los contraventores. En su defecto, las penas se cumplirán en comisarías u otras dependencias policiales que reúnan condiciones adecuadas de habitabilidad.
Cabe preguntarse cuales serán los lugares de detención destinados a los contraventores cuando es ampliamente conocido el estado actual de las cárceles, el hacinamiento, las malas condiciones de seguridad e higiene y los malos tratos a los que son sometidas las personas que en ellos están detenidas. Según datos con los que cuenta el Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), en la Argentina entre los años 2005 y 2009 (al 31 de julio) han muerto 493 personas en lugares de encierro, 112 de ellas en comisarías.
A su vez, el proyecto baja a 14 años la edad de quienes podrán ser punibles con la posibilidad de que estos sean detenidos por varios meses, según la contravención que tengan y si son reincidentes lo que constituye una violación a la Convención de los Derechos del Niño que sostiene que la privación de libertad constituye una medida de último recurso.
En conclusión, un proyecto como este más que prevenir el delito lo pena antes de que se cometa y, dadas las características de los actos “punibles” por el futuro Código, quienes se verán más afectados serán las personas que el Estado ha desprotegido durante décadas, y ahora no sólo continuará desprotegiendo sino que también los castigará.
Fuente: CELS – CEPOC
Proyecto de Código de Faltas Provincia de Buenos Aires



