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Carlos Fernández, ex soldado conscripto combatiente de la Guerra de Malvinas, se suicidó el 7 de julio de este año, arrojándose desde el balcón de la casa donde vivía con su esposa y su hija, en Villa Celina, provincia de Buenos Aires. Se suma así otro suicidio a los más de 400 que se produjeron desde que finalizó la guerra.

En un comunicado, la Asociación de Combatientes de Malvinas por los Derechos Humanos (ACOMADEH) responsabilizó al Estado Nacional “no solamente de las muertes por suicidio, sino también de las muertes producidas por enfermedades y patologías a causa de la guerra, que podrían haber sido debidamente tratadas si se hubiera aplicado la ley 23109”.
El artículo 2 de dicha norma establece la obligación de realizar una convocatoria nacional “a los soldados conscriptos que hayan participado en acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 02-04-82 y el 14-06-82”. La ley contempla además la constitución de Juntas de Reconocimientos Médicos dependientes del Ministerio de Salud, que tendrán como función “determinar el estado actual, secuelas, y tratamientos del paciente”, y que “cumplido el tratamiento y logrado su restablecimiento, la Junta de Reconocimientos Médicos convalidará el alta médica”.
Hace dos años, el 7 de julio de 2011, la Asociación hizo su reclamo ante el Defensor del Pueblo de la Nación quien resolvió: “Recomendar al señor ministro de Defensa de la Nación, para que arbitre los medios y mecanismos correspondientes a fin de que se efectúe la Convocatoria Nacional Obligatoria para el reconocimiento médico de los ex – soldados conscriptos Veteranos de la Guerra de Malvinas a través de las Juntas de Reconocimiento Médico del Ministerio de Salud de la Nación”.
El Defensor alertó entonces sobre la cantidad de soldados que fallecieron post conflicto a causa de suicidios, afirmando que “es de tal magnitud que puede compararse la guerra y la posguerra”. Agregó que “…todavía queda un gran número de ex soldados conscriptos Veteranos de la Guerra de Malvinas sin su correspondiente reconocimiento médico, siendo esto un potencial de riesgo por la falta de tratamiento dadas las secuelas que pudiera padecer”.
“A pesar de la intervención de la Defensoría del Pueblo de la Nación y del apoyo de organismos de defensa de los derechos humanos, como la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (A.P.D.H) y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre (L.A.D.H), el Estado sigue sin cumplir con la ley 23.109, por lo que reiteramos la responsabilidad que le cabe en la muerte de nuestros compañeros, y el pedido de aplicación inmediata de dicha ley”, finaliza el comunicado.

Contactos: Gustavo Pirich (presidente) 011-15-6282-1234 / Edgardo Zapata (vicepresidente) 011-15-5747-3636 / Fabián Panelo (secretario) 011-15-5657-6119.