Un fallo de la Cámara Civil de Chaco ratificó la prohibición de fumigar con agroquímicos.
(Débora Sayanes –  Red Eco) Chaco – Un fallo de segunda instancia de la Justicia del Chaco confirmó la prohibición para las fumigaciones con agrotóxicos.
La iniciativa fue del diputado Carlos Martínez, quien presentó el jueves pasado, en la Legislatura Provincial el proyecto de ley 492/11 que busca poner un límite de 4000 metros para las fumigaciones aéreas y 1000 metros para las fumigaciones terrestres, en relación a los márgenes de cualquier “zona geográfica que contenga o abarque bienes naturales, organismos y población que pueden ser afectados por la aplicación de sustancias Biocidas”.
Martínez fundamentó la iniciativa en la necesidad de “crear una restricción más efectiva a la que rige –y no se cumple- hace veinte años con la Ley de Biocidas, que nos permita compatibilizar el desarrollo de la producción, al tiempo que protegemos la salud de las personas y los bienes naturales”.
La Justicia por su parte hizo valer el principio precautorio, que determina que ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable, es necesario tomar medidas protectoras y remarcó que se debe dar prioridad a la salud de la población por sobre la producción agropecuaria.
Hace ocho años que los vecinos del barrio La Ralera, ubicado en la localidad de La Leonesa a 60 kilómetros de Resistencia, denuncian los efectos nocivos de los agroquímicos que utilizan en plantaciones de arroz.
A principios del año pasado, el Juzgado Civil y Comercial 14 de Resistencia hizo lugar al recurso de amparo presentado por los vecinos de La Leonesa y prohibió las fumigaciones a menos de 1000 metros de las viviendas si las pulverizaciones se realizaban vía terrestre y 2000 metros si eran aéreas. Pero el fallo fue apelado por las arroceras y el mismo tribunal redujo el límite a 500 metros y se permitió fumigar sobre cursos de agua. La decisión del juzgado fue luego que las empresas presentaran un estudio de impacto ambiental, minimizando las consecuencias que trae aparejado el uso de agrotóxicos.
En agosto del año pasado la Comisión Provincial de Investigación de Contaminantes del Agua publicó un informe en el que indicaba el prejuicio que causaban los agroquímicos en la salud de la población, afirmando que en los últimos diez años en La Leonesa se triplicaron los casos de cáncer en niños menores de 15 años y que se cuadruplicaron los casos de malformaciones en recién nacidos lo que coincidió con el auge de la explotación arrocera en la zona del departamento Bermejo.
El actual fallo es el segundo en nuestro país, cabe recordar que a principios del mes de marzo se dio a conocer el fallo del juez Tristán Martínez, quien en conformidad con la Cámara de Apelaciones de Santa Fe, prohibió las fumigaciones en el Barrio Urquiza, de San Jorge, ciudad de 25 mil habitantes ubicada a 144 kilómetros de la capital provincial de Santa Fe. En ese caso, la resolución judicial estableció la prohibición total de fumigar a menos de 800 metros de viviendas familiares, si el método utilizado es terrestre, a 1500 metros si la vaporización es con avionetas.