El Juzgado en lo Correccional N° 7 de Lomas de Zamora, a cargo del juez Carlos Esteban Gualtieri, deberá resolver acerca de la culpabilidad o no de los cinco policías que permitieron el ingreso de encendedores y otros objetos prohibidos al calabozo 1 de la Comisaría 3° de Esteban Echeverría y propiciaron las condiciones para que se produzca un incendio, durante una protesta de detenidos por las condiciones de alojamiento, en el que murieron 10 personas allí alojadas, en noviembre de 2018.
Durante los alegatos, la Comisión Provincial por la Memoria, que patrocina a seis familias de las victimas y actúa como particular damnificado institucional, sostuvo la acusación de estrago culposo agravado al considerar que los imputados, con su accionar negligente, acrecentaron el riesgo que llevó al incendio. También denunció que deberían estar sentados en el banquillo de los acusados los funcionarios públicos que autorizaron la permanencia de personas detenidas en una comisaría clausurada, superpoblada y en malas condiciones materiales.
La CPM aseguró que en las audiencias quedó probado el accionar negligente e imprudente de los funcionarios policiales que, incumpliendo los deberes a su cargo, omitieron realizar la requisa correspondiente de los calabozos, permitieron el ingreso de encendedores y aumentaron el riesgo existente: Disponibilidad de colchones no ignífugos, mantas y frazadas que los detenidos del calabozo 1 prendieron fuego con encendedores en el marco de una protesta por las condiciones de alojamiento y régimen de vida.
Respecto a las malas condiciones de la dependencia policial, enumeraron que aquella madrugada, en la que se produjo el incendio, no había agua a disposición de los detenidos, la comisaría tenía clausura judicial para alojar personas debido a la falta de planes de evacuación, matafuegos y otros elementos de seguridad, había sobrepoblación y excesivos períodos de tiempo en espacios muy pequeños, entre otras graves fallas e irregularidades.
Para la CPM fue esta combinación de elementos la que provocó la muerte de Juan Bautista Lavarda, Jeremías Aarón Rodríguez, Jorge Luis Ramírez, Juan Carlos Fernández, Walter Gabriel Barrios, Miguel Ángel Sánchez, Elías Daniel Soto, Fernando Martín Argüello, Eduardo Rogelio Ocampo y Carlos Ariel Corvera, además de las graves lesiones sufridas por Rodrigo Leonel Osuna y Blas Martínez Vera.
En este marco, solicitó 5 años de prisión para Jesús David Muñoz; 4 años y 6 meses para Edith Giselle Juárez; 4 años y 3 meses para Lucas Daniel Calderón; 4 años y 3 meses para Emilio Adolfo Caña; y 4 años para Eric Alexander Blanco; y reiteró que la instrucción de la causa fue extremadamente lenta, deficiente y con nula perspectiva de derechos humanos.
En tanto, el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Javier Gramajo, de la UFIJ 8 de Lomas de Zamora, sólo pidió condena para uno de los cinco imputados, el subcomisario Muñoz.
Según Gramajo los otros cuatro acusados por la masacre no tenían potestad ni autoridad para ordenar requisas en el marco de la protesta que iniciaron los detenidos del calabozo 1 durante la noche del 14 y madrugada del 15 de noviembre de 2018, por lo que requirió la condena de 5 años, el máximo previsto para el delito de estrago culposo, para Muñoz y la absolución para los oficiales Blanco, Juárez y Caña y el sargento Calderón.
La última audiencia se desarrolló el miércoles 25 de marzo, en la que los imputados desistieron del derecho a las últimas palabras. El momento de lectura de veredicto y sentencia será este lunes 30 por la mañana.
Fuente: Agencia Andar.




