Este miércoles ingresó en la Cámara Alta el proyecto de Ley Nacional de Alquileres que impulsan organizaciones de inquilinos de todo el país. La iniciativa fue presentada por la senadora Silvina García Larraburu e incluye el proyecto inicial de 2016 que obtuvo media sanción en Senadores en 2018 y que luego fue aprobado por la Comisión de Legislación General de Diputados, pero que perdió estado parlamentario por no tratarse en el recinto.
El proyecto recoge todas las modificaciones que fueron consensuadas durante la última discusión en comisión y sus principales puntos son:
PLAZO MÍNIMO: Se extiende de dos a tres años el plazo mínimo de un contrato de alquiler.
AUMENTO DE PRECIO: Se plantea que el precio aumente anualmente a través de un índice promedio entre el IPC, elaborado por el INDEC, y el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), elaborado por ANSES.
REGISTRO DE CONTRATOS: Los locadores deberán registrar los contratos de alquiler ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de blanquear un mercado con altas tasas de informalidad.
DEPÓSITO EN GARANTÍA: Se reduce a un mes de alquiler por la totalidad del contrato y se establece que el locador deberá restituirlo actualizado al último mes del alquiler.
IMPUESTOS Y EXPENSAS: El inquilino no tendrá a su cargo el pago de los impuestos que gravan la propiedad ni las expensas comunes extraordinarias.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO: Se introduce la obligatoriedad de acordar las condiciones de la renovación con tres meses de anticipación.
Al respecto, Gervasio Muñoz, presidente de la Federación de Inquilinos Nacional, afirmó: “Presentar un proyecto que no contempla el aumento en el precio de los alquileres, es prácticamente lo mismo que no presentar nada. Hoy en día, los inquilinos destinamos el 54% de nuestros ingresos para afrontar el pago del alquiler. Porcentaje que no incluye impuestos, expensas ni tarifas de servicios públicos y que viene creciendo sostenidamente desde hace años”.




