La Asociación Mundial de Radios Comunitarias para América Latina y Caribe dio a conocer un comunicado donde exige la devolución de los equipos del canal cooperativo Antena Negra, el desprocesamiento de sus integrantes y la resolución del conflicto por la vía administrativa.

 “Antena Negra tuvo que entregar sus equipos de transmisión al Ente Nacional de Comunicaciones, Enacom, bajo la amenza de dictar prisión por desobediencia contra la anterior dirigencia de la cooperativa”, comienza el comunicado.
 “El canal de televisión cooperativo Antena Negra de la ciudad de Buenos Aires, es víctima de la vulneración del derecho a la comunicación por parte del estado argentino”, afirma el texto de apoyo al canal comunitario.
Luego hace un raconto de lo sucedido: “En 2015 Antena Negra había sufrido el decomiso de sus equipos a partir de la denuncia de interferencias realizada por la empresa multinacional de seguridad Prosegur que utiliza para fines de telecomunicaciones, sin autorización, una frecuencia destinada a la radiodifusión para Televisión Digital Abierta – TDA. En aquel momento el Juez Federal Martínez de Giorgi a cargo del Juzgado Correccional n°5, había sobreseído al canal Antena Negra por entender que el conflicto debería resolverse por canales administrativos y no por la vía penal”.
Caracterizando la posición de la Justicia argentina manifiestan que “continúa atendiendo a la empresa privada multinacional, silenciando a Antena Negra que ahora no cuenta con su equipamiento, y llamando a indagatoria a otra integrante de la cooperativa en la causa por interferencias. Mientras tanto Prosegur sigue haciendo uso indebido de la frecuencia para la que no tiene autorización”.
Finalmente exigen: la devolución de los equipos, el desprocesamiento de sus integrantes, la resolución del conflicto por la vía administrativa, la implementación de las medidas necesarias para el otorgamiento de licencias a los canales de televisión sin fines de lucro en el espectro radioeléctrico previsto por ley y la descriminalización por parte de los poderes del estado de la comunicación popular, comunitaria y alternativa en el ejercicio del derecho humano a la comunicación.