Comunicado de prensa 1264
27 de junio 2016
LA LUCHA DE TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS CONTINÚA. POR UNA NUEVA LEY DE PREVISION SOCIAL
La ley denominada “Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados”, a la que el Senado dará definitiva sanción, se fundamenta en la necesidad de resolver la deuda histórica que tiene el Estado con los jubilados por mala liquidación de haberes. Es una gran cantidad de juicios que duran muchos años, por decisión del Poder Ejecutivo de turno, de apelaciones dilatorias en cada instancia judicial e interminables trámites administrativos y, como consecuencia, muchos fallecen antes de la sentencia definitiva. Por lo tanto, estamos hablando de una necesidad a resolver, pero consideramos que esta ley no es una reparación histórica ni soluciona los problemas de fondo que plantea resolver. Contempla a un tercio de jubilados:
* A los que están en condiciones de iniciar juicios y aún no lo han hecho, alrededor de 2.000.000 (según datos oficiales), se les reconoce el reajuste de sus haberes sin ningún retroactivo.
-Las sentencias firmes, se deben abonar íntegramente, con fondos ya asignados en el Presupuesto nacional anual.
-Terminar con las apelaciones y establecer “acciones de clase” para similares sentencias que sentaron jurisprudencia como fallos Badaro, Elliff, Sánchez y otros.
-El debate del pago de juicios previsionales y del blanqueo de capitales debería hacerse en dos proyectos de ley, por separado.
-Los fondos para el pago de los juicios deben provenir de Rentas Generales y de ninguna manera desfinanciando el sistema previsional al hacerlo con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de ANSES, que es de garantía y para situaciones determinadas en la ley.
-No se contempla la situación de las jubilaciones mínimas, $ 4.810.-de bolsillo hasta setiembre, ni la necesidad de un aumento de emergencia de $ 6.000.- en todas las escalas para que no haya una jubilación por debajo de la canasta básica de un adulto mayor. Para ello se necesitan decisiones políticas para incrementar los ingresos poniendo fin al trabajo no registrado en negro, con impuestos especiales a la renta financiera, al juego, a la minería y una profunda reforma impositiva.
-No contempla la acuciante situación de los perjudicados por la renta vitalicia, ni la jubilación anticipada para quienes tienen los años de aportes legales y les falta poco para la edad sin poder conseguir trabajo.
Nosotros tenemos un proyecto de ley, que durante la década anterior perdió tres veces estado parlamentario por decisión política de la mayoría de no tratarlo, y que debe formar parte de este debate.
Planteamos en nuestro proyecto tres cuestiones principales:
* El 82% móvil sobre el salario del trabajador activo en su mismo cargo, oficio o función y de acuerdo al aumento en esa categoría del trabajador activo.
* Que el haber mínimo jubilatorio no sea inferior al salario mínimo vital y móvil, siempre y cuando éste sea capaz de cubrir una canasta básica.
CONDENAMOS LA CRIMINALIZACIÓN Y REPRESIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL




