El 2013 termina con un importante avance en la causa por el secuestro y desaparición de Marita Verón, ocurrido en 2002. Sin embargo, el pedido de detención inmediata por peligro de fuga de los acusados que presentó la querella el 19 de diciembre no se llevó a cabo por cuestiones burocráticas.
(Giselle Scardilli – Red Eco) Tucumán – Diez de los trece imputados fueron condenados el 17 de diciembre pasado luego de que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán revocara el fallo que los había absuelto en diciembre de 2012. Se espera que se fijen las penas, que no podrán superar los quince años de prisión.
Los jueces Dante Ibáñez, Emilio Páez de la Torre y María Elisa Molina fueron designados por sorteo para integrar la Sala II de la Cámara Penal, que impondrá las condenas sobre los imputados por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y promoción de la prostitución de Marita Verón. Este tribunal reemplazará a Emilio Herrera Molina, Alberto Piedrabuena y Eduardo Romero Lascano, que absolvieron a los 13 imputados en la causa en el polémico fallo del 11 de diciembre de 2012.
El nuevo tribunal deberá convocar a una audiencia “de visu” que se realizará luego de la feria judicial, entre febrero y marzo de 2014, donde tanto abogados defensores como fiscales realizarán nuevos alegatos y pedirán las penas o absoluciones de los acusados.
La resolución de la Corte Suprema tucumana estableció que las penas deben ir de cinco a quince años de prisión. Durante el juicio, la querella había pedido la pena máxima para estos delitos, que es de 25 años.
En diálogo con Red Eco, el doctor Carlos Garmendia, uno de los abogados de Susana Trimarco que integra la querella junto con el doctor José D’Antona, explicó que las detenciones de los acusados continúan pendientes de resolver porque María Elisa Molina, uno de los magistrados que deberá fijar las penas, pidió licencia por enfermedad. “Esa es la excusa para no resolver la detención que igualmente podría realizarse si los otros dos jueces votan a favor”, comentó Garmendia. Hoy se sorteó a un nuevo juez que reemplazará a Molina en la Sala II de la Cámara Penal, pero al cierre de esta nota aún se desconoce el resultado del sorteo. Además, el letrado explicó que de haber alguna fuga entre los responsables penales, se podría evitar la audiencia “de visu” donde está previsto que se fijen las penas.

El fallo
Un año y seis días más tarde, el máximo tribunal provincial compuesto por Claudia Sbdar, Antonio Gandur y Antonio Estofán anuló diez de las trece absoluciones del fallo de primera instancia. De la sentencia resultaron imputados los mellizos José Fernando “Chenga” y Gonzalo “Chenguita” Gómez como protagonistas junto a su madre –que falleció en febrero de 2013-; y Daniela Natalia Milhein y su entonces marido Alejandro Andrés González en un papel determinante y doloso; todos ellos como “coautores del delito de retención y ocultamiento para el ejercicio de la prostitución en perjuicio de María de los Ángeles Verón”.
En tanto, Carlos Alberto Luna, Cynthia Paola Gaitán, María Azucena Márquez, Juan Humberto Derobertis, Mariana Natalia Bustos y Domingo Pascual Andrada fueron condenados como partícipes necesarios en el secuestro, privación ilegítima de la libertad y explotación sexual de la víctima.
Las absoluciones que se mantuvieron fueron las de los hermanos María Jesús y Víctor Ángel Rivero por considerarse insuficientes las pruebas que requerían una condena penal. Al respecto, el Dr. Garmendia manifestó que existe la posibilidad de presentar un recurso extraordinario federal para el cual el plazo vence en febrero de 2014. Desde la querella están evaluando esta opción ya que el hacer dicha presentación podría dilatar la continuidad del proceso de los otros diez imputados.
Por otra parte, el pasado 23 de diciembre el Juez Federal N° 2 de Tucumán, Fernando Poviña, ordenó la detención de María Jesús Rivero y cuatro personas más del “Clan Alé” entre las que se encuentra su ex esposo, Rubén “la Chancha” Alé, denunciado por Susana Trimarco en repetidas ocasiones como el encargado de manejar la prostitución y las drogas en la provincia. Las detenciones se efectuaron tras una investigación federal sobre evasión tributaria y presunto lavado de dinero.
Además, la Corte provincial dejó sin efecto la acción penal contra Lidia Irma Medina, madre de los mellizos Gómez, quien falleció en febrero último.
A partir de la valoración de los numerosos y extensos testimonios de víctimas sobrevivientes del accionar de los acusados, la Corte sostuvo que queda comprobada la existencia y el funcionamiento de una red de trata de personas en la provincia de La Rioja con conexión con la provincia de Tucumán, y que las whiskerías “El Desafío”, “Candy” y “Candilejas”, propiedad de la familia Medina-Gómez, funcionaban como prostíbulos, lo que deja en evidencia que los diez imputados participaron de algún modo en esta organización criminal.
Como consta en el fallo, subyace en toda la causa el delito de “trata de personas” como contexto a partir del cual se analizan los hechos y las pruebas. Sin embargo, la causa no se enmarca dentro de la Ley Nacional de Trata de Personas N° 26.842, sancionada el 19 de diciembre de 2012 y promulgada una semana después, por ser posterior al secuestro y desaparición de Marita y no contemplar su aplicación retroactiva. Asimismo, hay artículos de la Ley que continúan sin reglamentarse, como aquellos que prevén la creación de un Consejo Federal de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, que deberá funcionar dentro del ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros (Arts. 6, 7, 8 y 9), y el que establece la confiscación de bienes a tratantes y proxenetas (Art. 20). Fabiana Túñez, Directora Ejecutiva de la Asociación Civil La Casa del Encuentro, expresó a Red Eco que “los demás artículos permanecen vigentes y no necesitan reglamentación alguna ya que la Justicia puede trabajar perfectamente en la sanción del delito de trata”.
La decisión de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán fue unánime y representa una novedad en la provincia ya que es la primera vez que en la revisión de una sentencia absolutoria no se anula el juicio y se solicita uno nuevo. En el fallo se criticó duramente la labor de los jueces que dieron sentencia en diciembre de 2012 por actuar de manera arbitraria y descontextualizada; sin embargo no se expidió en lo que respecta a sanciones para dichos magistrados. El juicio político de los mismos está en marcha desde el 3 de abril pasado por pedido de los abogados de Susana Trimarco. No obstante, sólo uno de ellos podrá ser alcanzado por dicha instancia: Herrera Molina ya se jubiló evadiendo la acción penal, Piedrabuena está a punto de hacerlo con lo cual también logrará la evasión. Romero Lascano, para evitar el juicio político, planteó la inconstitucionalidad de este sistema provincial a partir de una cautelar que lo ampara desde el 4 de abril del corriente año. A pesar de que este proceso judicial se encuentra actualmente bajo la competencia de la Corte Suprema de la Nación, no se han realizado avances al respecto.
Si bien la revocación de las absoluciones de los imputados fue bien recibida por Susana Trimarco, ella todavía insiste en la necesidad de la realización de juicio político a los jueces de la Cámara Penal y sobre todo en la búsqueda de Marita Verón, que ya lleva casi doce años desaparecida.