Lo hizo la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal en relación al juicio desarrollado en 2016 en el que el empresario salteño fue condenado a 12 años por el secuestro y los tormentos contra el trabajador de La Veloz del Norte, Víctor Cobos. En tanto, en la tarde de este jueves también se conoció la sentencia en el segundo juicio en contra de Levin. El Tribunal Federal 1 de Salta lo condenó a 18 años de prisión por las detenciones ilegales y torturas a 16 trabajadores de la empresa de transporte en 1977.
El Tribunal Federal 1 de Salta también condenó al ex comisario Víctor Hugo Almirón y al ex directivo José Antonio Grueso a 16 años.
Levin fue declarado coautor de los delitos de “privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas” e “imposición de tormentos agravado por resultar las víctimas perseguidas políticas” cometidos en perjuicio de 16 personas: Juan Alberto Alonso, Carlos Lidoro Aponte, Carlos Eugenio Bais, Emilio Borquez, Norberto Borquez, Carlos Francisco Delaloye, Oscar Horacio Espeche Rodas, Sebastián Lindor Gallará, Ciriaco Nolberto Justiniano, Manuel Eugenio Modad (f), Carlos Horacio Pereyra, Aurelio Rada, Sonia Rey, Miguel Ángel Rodríguez, Jorge Arturo Romero y Rubén Héctor Vrh.
Los jueces dispusieron mantener la prisión domiciliaria de los tres “hasta que la presente sentencia quede firme”.
En tanto, en el debate de 2016, el Tribunal Oral Federal de Salta había condenado a Levin, el ex comisarío Víctor Hugo Almirón y el ex policía Víctor Manuel Bocos a 12 años de prisión como responsables del secuestro y los tormentos sufridos por Víctor Cobos, trabajador de La Veloz del Norte y delegado de la UTA en la empresa. También fue condenado a 8 años de prisión el ex policía Enrique Víctor Cardozo, ya fallecido.
Al año siguiente, la Sala III de Casación, con otra integración, anuló la sentencia por considerar que los delitos sufridos por Cobos no constituían crímenes de lesa humanidad. Cinco años después, en 2022, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó por mayoría (la disidencia fue de Carlos Rosenkrantz) dejar sin efecto el fallo de Casación y que se emita un nuevo pronunciamiento, que fue el que se conoció esta semana con las firmas de los jueces Daniel Petrone, Gustavo Hornos y Alejandro Slokar.
En su fallo, los camaristas afirmaron que “son numerosos los elementos de prueba que permiten acreditar el rol fundamental del ex directivo en el plan criminal pergeñado para la persecución de los delegados gremiales y trabajadores de la empresa”.




