El Juzgado de Jáchal hizo lugar a la cautelar solicitada por el Centro de Productores Agropecuarios y Productores de Mogna, por lo que se le impone a la Municipalidad de Jachal y a OSSE San Juan (Obras Sanitarias Sociedad del Estado), encargada del agua en la provincia, que se hagan cargo de la provisión de agua potable envasada en esa localidad.
El juez Pablo Oritja “hizo lugar a la cautelar” hasta que se resuelva la cuestión de fondo que es hacer una nueva perforación o una planta de ósmosis inversa que provea de agua potable a la localidad de Mogna.
Según consta en la resolución judicial, a 4 meses de que ocurriera el derrame de cianuro en la Mina Veladero sobre las nacientes del río Jáchal, y “en virtud del informe emitido por la Universidad Nacional de Cuyo”, el agua “se encuentra por fuera de lo que establece el Código Alimentario Argentino, siendo la misma no apta para el consumo humano, atento al alto contenido de: arsénico (0,069 mg/l), boro (6 mg/l), cloruros (773 mg/l) y sulfatos (540 mg/l), superando los límites de los valores establecidos como máximos” en el código antes mencionado.
Desde el Juzgado consideran que es necesario evitar la ingesta de dicha agua por parte la población, ya que “afecta la garantía constitucionalmente reconocida en los artículos 58 y 60 de la Constitución Provincial y 41 de la Constitución Nacional, y lesiona el derecho a un ambiente humano de vida saludable y ecológicamente equilibrado; y el deber de conservarlo“.
Por último, el escrito resuelve además “ordenar a la Unión Vecinal de Mogna la inmediata interrupción de la extracción del agua de pozo donde se abastece y su distribución domiciliaria”.

Fuente: Radio Comunitaria La Lechuza