Distintas organizaciones se pronunciaron frente a la promulgación de la norma 8559, que fue sancionada por la Legislatura de la Provincia de Jujuy y dejaría sin efecto todos los decretos, normas, contratos y demás actos que permitían o reglamentaban la explotación hidrocarburífera del Yacimiento Petrolero Caimancito en Parque Nacional Calilegua.
Según explicaron desde la Asamblea de Organizaciones en Defensa del Parque Nacional Calilegua, la ley también dispone el cese de la mencionada actividad dentro del área protegida y faculta al ejecutivo provincial para regular todo el proceso necesario para hacer efectivo el cierre del yacimiento.
Sin embargo, aclararon que la norma no establece plazos, ni desarrolla el plan de acción a través del que se llevarán a cabo estas medidas, ni la forma en que se implementaría la resolución de los pasivos ambientales, tampoco el origen de los fondos necesarios para llevar adelante el programa. Señalaron además que sin la correspondiente reglamentación esta ley no podrá aplicarse. A su vez, remarcaron que mientras esta reglamentación no se concreta la contaminación continúa, la empresa petrolera sigue extrayendo el crudo y comercializando el petróleo y el gas y no se avanza en la resolución de los pasivos ambientales.
En este punto, agregaron que la ley tampoco incluye una instancia de diálogo entre las autoridades provinciales y la Asamblea, que nuclea a los sectores activamente comprometidos con la problemática: “(una) situación que vemos con verdadera preocupación, ya que en el Petitorio que le fuera presentado a las autoridades gubernamentales de la provincia se hacía expresa referencia sobre la necesaria participación de estos sectores en las diferentes etapas que conllevará el progresivo y ordenado cierre del yacimiento”, afirmaron desde la Asamblea.
Finalmente, las organizaciones aseguraron que entienden que la promulgación de la ley 5889 es un avance en la lucha, pero que aún existen grandes y preocupantes vacíos en su formulación que le otorgan un carácter meramente declamativo.
Por este motivo, exigieron que la norma sea reglamentada a fin de que el cese de la explotación petrolera se realice de inmediato, tanto en el área protegida perteneciente al Parque Nacional Calilegua y en el corredor biológico de las yungas por fuera de la jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales; que se ponga fecha al cierre del Yacimiento Caimancito, sin contemplar indemnización o compensación a la empresa que actualmente tiene la concesión, pero que se garantice la continuidad laboral de los trabajadores de dicha empresa mediante la reubicación en otros yacimientos o siendo absorbidos como personal del Estado.




