El Colectivo Contra el Gatillo Fácil de La Plata convoca para este lunes 20 de julio, a las 11, a acompañar a un grupo de familiares de presxs en una manifestación frente a la sede del Ministerio de Justicia bonaerense en la Torre 2 de Plaza Moreno, en una jornada por los derechos de lxs presxs frente al Covid-19. Será con las medidas de cuidado necesarias y en coordinación con otras acciones en el resto del país.

Reproducimos convocatoria:
Frente a la sistemática negación de los derechos liberatorios de lxs detenidxs en los lugares de encierro, agravado por los contagios masivos del Covid-19, acompañamos la exigencia de medidas urgentes del poder judicial y del ejecutivo provincial.

Esta semana detenidos del penal federal Marcos Paz confirmaron que hay personas alojadas en los Módulos 4 y 5 de esa cárcel con Covid-19, y que un joven tuvo que ser trasladado a un hospital extramuros. En Bahía Blanca internos de la Unidad 4 alertaron que el virus ingresó al penal por la vía de los agentes penitenciarios y por la falta de aplicación de los protocolos de rigor, y que hubo 4 penitenciarios y 7 internos que han dado positivo, con una situación en ascenso si no se actúa rápido. En varios penales se han denunciado situaciones similares y las han calificado como un liso y llano Genocidio: colapso del sistema sanitario de las unidades, convivencia directa de personas positivas confirmadas con el resto de la población, hospitales de campaña intramuros donde el único cuidado es pintar en el piso una línea amarilla para que caminen los positivos y otra blanca para que caminen los sospechosos, devolución a celdas de casos positivos por saturación de los espacios de aislamiento, hacinamiento generalizado con superpoblaciones de más del 100%, sellado de pabellones enteros con casos positivos o sospechosos que se convierten en trampas mortales. A todo esto no existen informes oficiales de la situación real del Covid en los penales federales y provinciales argentinos.

Como sabemos apenas declarado el aislamiento preventivo y obligatorio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó al Estado argentino analizar la prisión domiciliaria para personas detenidas que estuvieran dentro de grupos de riesgo, así como las progresiones al régimen abierto para quienes se encontraban cerca de recibir el beneficio legal. ¿Qué sucedió? Todo lo contrario. En la Provincia de Buenos Aires, salvo excepciones, se suspendieron los ingresos y egresos de la cárcel de las personas detenidas. En los casos donde por ejemplo la persona ya contaba con salidas transitorias, en vez de buscar una alternativa al aislamiento como podría ser la libertad condicional, los jueces, con el aval del Servicio Penitenciario Bonaerense, decidieron que esas personas continúen en contexto de encierro, esta vez recluidos sin contacto o asistencia de sus familias.

El ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires cuenta con un área específica para el tema de salud en las cárceles, la Dirección Provincial de Salud Penitenciaria creada en 2005. Su misión sería “resguardar la salud de la población carcelaria a través de la prevención, promoción, atención, tratamiento y rehabilitación de la salud, garantizando uno de los derechos inherentes al ser humano”. Pero la ejecución de esa política sólo se traduce en la existencia de servicios médicos deficientes en los penales, con falta de médicos, enfermeros, psicólogos y otros profesionales de la salud que son tan explotados como en el resto del sistema de salud provincial. Mientras surfeó la crisis penitenciaria sin mayores apariciones públicas el Ministro de Justicia bonaerense Julio Alak, viene promocionando los Comité de Prevención y Resolución de Conflictos en las cárceles, que no son más que mesas de diálogo de sordos, que se publicitan como espacios donde “se trabaja de igual a igual tanto internos como personal penitenciario en la búsqueda de soluciones”, y donde se ningunean los reclamos y se “toma nota” de los planteos para que todo siga igual. A la par se promociona el Programa “Más trabajo, menos reincidencia” supuestamente destinado a “alejar a las personas de delito mediante su inclusión laboral”, cuando en verdad el derecho al trabajo es un privilegio para los presos bonaerenses. De hecho una de las pocas acciones que se han realizado en los penales bonaerenses en la pandemia es el uso del trabajo esclavo de los presos para confeccionar barbijos y donarlos a los punteros políticos del kirchnerismo. (1) Para completar Alak anunció en junio pasado que su gestión prevé la construcción de 2.000 nuevas plazas penitenciarias para seguir encarcelando pobres. (2)

En el mes de abril, y con las protestas desatadas en varios penales del país, los medios hegemónicos informaron, en su mayoría sin citar la fuente de la que obtenían tal información, que en la provincia de Buenos Aires se concedió la excarcelación de un número estimado de 1.400 detenidos alojados en prisiones y comisarías y que el número de excarcelados se duplicó en un lapso de siete días. (3) Acto seguido abandonaron la problemática de sus páginas y portales como si se hubiera resuelto mágicamente. Si tal dato fuera cierto, las 1.400 excarcelaciones representarían el 3% del total de los detenidos en el SPB, es decir de los más de 48.000 detenidos que en un 40% sufren el encierro con prisión preventiva como pena anticipada. (4)

Hace ya 10 años que en sus informes anuales el Registro Nacional de Casos de Tortura y/o Malos Tratos de la procuración Penitenciaria de la Nación viene definiendo que “la tortura en el sistema penal argentino constituye un elemento estructural, extendido y persistente, es constitutiva del poder de castigar en el encierro de prisión”. (5) El trabajo supervisa, a través de entrevistas y observación, la realidad de la tortura en unidades penales del SPB y del SPF, además de otros penales de provincias como Misiones, Córdoba, Entre Ríos y Mendoza. Como se sabe la tortura es la pena o sufrimiento moral o físico muy intenso y continuado que se hace sentir a una persona. Leyendo los informes de la Procuración se puede afirmar sin necesidad de exagerar que en Argentina el Estado tortura diariamente a 2 de cada 100 presos, pero eso claramente no representa todo lo que sucede en las cárceles argentinas, porque impera el temor a denunciar de los internos o las prácticas de encubrimiento de estos hechos por los penitenciarios. Mucho más si tiene en cuenta que las condiciones deficitarias estructurales para alimentarse o higienizarse o curarse las sufren la mayoría de los internos. Para el Registro, la tortura no es sólo la agresión física, sino que incluye modalidades como el aislamiento, las malas condiciones materiales de detención, la falta o deficiente asistencia de la salud, la falta o deficiente alimentación, los impedimentos de vinculación con la familia del detenido, las amenazas, los robos de pertenencias y los traslados constantes. En este punto la Procuración viene denunciando gobierno tras gobierno que en las cárceles argentinas impera “falta de agua, de luz eléctrica, de vidrios en las ventanas, el deterioro de las instalaciones y en particular de los sanitarios, la presencia de cucarachas y ratas, la falta de colchones y frazadas y la desprovisión de elementos de higiene y limpieza”. En cuanto a las torturas directas más frecuentes se afirma que son las agresiones físicas de los penitenciarios, en concreto “actos combinados de golpes de puño, patadas, palazos” y otras modalidades como “el uso de gas pimienta o lacrimógeno, el ‘criqueo/motoneta’ y el ‘plaf-plaf’”, es decir las prácticas de esposar violentamente con los brazos en alto hacia atrás y los golpes simultáneos de palmas en ambos oídos, también conocido como “teléfono”. Es de notar que el 65% de las torturas se producen en el marco de reclamos colectivos o individuales de los internos o bien en requisas extraordinarias o post conflicto. Ese es el control con ejercicio selectivo de la violencia que realizan los servicios penitenciarios en todo el país: torturar al que levanta la cabeza para reclamar condiciones o derechos. En cuanto a la falta o deficiente asistencia de la salud y la alimentación, el Registro afirma que también son “prácticas penitenciarias de gestión de la población encarcelada a través de la producción de daño psíquico y físico”. Las deficiencias en la asistencia a la salud incluyen la falta de provisión de medicamentos, la deficiente o nula realización de tratamientos, intervenciones, estudios o curaciones, la falta de atención especializada y la falta de alimentación especial a quien lo necesite. Estas son las condiciones habituales en que el Estado pretende que quien infringe la ley penal cumpla su pena si es encontrado culpable o su prisión preventiva siendo aún inocente. Las excusas de que “esto siempre fue así” en materia penitenciaria no exculpan la responsabilidad estatal en el manejo de la cárcel como un sistema selectivo de castigo a la población pobre en todo el país.

El panorama es mucho peor si se revisan las muertes ocurridas en las cárceles argentinas. El informe 2019 de la Procuración detalla un promedio de 42 muertes anuales en el Servicio Penitenciario Federal en el período 2009-2019. Son 425 muertes en 10 años y un pico de 56 hechos en 2012. El estudio destaca la preeminencia de las muertes no violentas sobre las violentas, aunque estas últimas vienen representando 1 de cada 3 hechos en cárceles federales en la última década. Además se afirma claramente que “las enfermedades resultan la primera causa de muerte bajo custodia penitenciaria” y se señala que el 55 % de esas 425 muertes fueron por enfermedades. Las siguientes causales más representativas son un 20 % de dudosos “suicidios”, un 15% por agravamiento del padecimiento de HIV y un 10% por herida de arma blanca. La Procuración informa que existe “una variedad amplia de enfermedades que causan muertes en encierro, desde irreversibles hasta otras que no deberían haber provocado el fallecimiento de recibir un tratamiento adecuado”, y puntualiza que existe una imagen extendida de estas muertes como inevitables porque existe una práctica estatal de encubrimiento: se naturalizan estas muertes en las investigaciones judiciales, si es que se inician, y se llega al absurdo de que “la principal línea de indagación consiste en corroborar que la muerte haya sido causada por una enfermedad, usualmente sin profundizar luego el análisis sobre la adecuación de la atención brindada”.

En el contexto de la pandemia y el aislamiento social obligatorio es innegable que quienes más sufren las consecuencias de la desidia del Estado son lxs privadxs de libertad. Por todo esto este lunes 20/7 a las 11 hs, con las medidas de cuidado necesarias y en coordinación con otras acciones en el resto del país, estaremos acompañando a un grupo de familiares de presxs en una manifestación frente a la sede del Ministerio de Justicia bonaerense en la Torre 2 de Plaza Moreno. Frente a la sistemática negación de los derechos liberatorios de lxs detenidxs en los lugares de encierro, agravado por los contagios masivos del Covid-19 acompañamos la exigencia de estas medidas urgentes del poder judicial y del ejecutivo provincial:

-Efectivizar las libertades de las personas de riesgo.
– Domiciliaria a mujeres presas embarazadas o con hijos.
– Libertad condicional y asistida en tiempo y forma.
– Garantizar el acceso a la salud de lxs presxs.
– Conmutación y compensación de penas.

LA MUERTE EN PRISIÓN ES UN CRIMEN DE ESTADO.
¡PRESXS A LA CALLE!

(1) https://www.gba.gob.ar/justicia_y_ddhh/noticias/ya_son_6300_los_elementos_de_bioseguridad_hechos_en_una_c%C3%A1rcel_bonaerense

(2) https://www.gba.gob.ar/justicia_y_ddhh/noticias/el_ministro_alak_expuso_las_iniciativas_de_su_cartera_ante_la_c%C3%A1mara_de

(3) https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2020/04/29/la-justicia-ya-excarcelo-a-mas-de-1700-presos-por-el-coronavirus-y-hay-otros-tres-mil-que-pidieron-el-mismo-tratamiento/

(4) https://www.comisionporlamemoria.org/archivos/cct/informesanuales/Informe_2019.pdf

(5) https://www.ppn.gov.ar/pdf/publicaciones/Informe-anual-2019.pdf