Compartimos a continuación el comunicado de la Liga Argentina por los Derechos Humanos en el que alertan sobre el Proyecto de Código Penal, que impulsa el gobierno nacional, al considerar que “incrementa enormemente la persecución a los pobres y a los luchadores por los derechos, constituyendo un claro ejemplo de demagogia punitiva”: “Se trata de un catálogo de penas altísimas, carente de razonabilidad, donde la propiedad aparece como valor supremo y se privilegia la impunidad de quienes sostienen este orden desigual. El proyecto enfrenta los miedos sociales mediante penas desproporcionadas, multiplicando las futuras penas de prisión y abriendo la puerta a modelos de cárceles administradas por empresas privadas”, aseguran.
Compartimos el documento completo:

INTRODUCCIÓN
Desde la Liga Argentina por los Derechos Humanos alertamos que el Proyecto de Código Penal hecho público incrementa enormemente la persecución a los pobres y a los luchadores por los derechos, constituyendo un claro ejemplo de demagogia punitiva. Se trata de un catálogo de penas altísimas, carente de razonabilidad, donde la propiedad aparece como valor supremo y se privilegia la impunidad de quienes sostienen este orden desigual. El proyecto enfrenta los miedos sociales mediante penas desproporcionadas, multiplicando las futuras penas de prisión y abriendo la puerta a modelos de cárceles administradas por empresas privadas.

GATILLO FÁCIL, TORTURA E IMPUNIDAD
El Proyecto amplía presunciones a favor de policías, fuerzas de seguridad y “justicieros”, imponiendo interpretaciones que obligan a los tribunales a decidir “en caso de duda” a favor de quien dice haber actuado de forma justificada. Extiende el catálogo de presunciones incluso a la persona que huye “con un arma, real o falsa”, lo que permite justificar homicidios totalmente innecesarios. Se refuerza la posibilidad de justificar el uso letal de la fuerza, incluso por personal fuera de servicio, dado que las normativas vigentes ampliaron el uso de armas de fuego.

En relación con la tortura, el Proyecto reduce su alcance: la vuelve prescriptible (contra la jurisprudencia de la CorteIDH), omite la definición que incluía sufrimientos psíquicos y reduce la pena cuando la tortura causa la muerte, que pasa a ser de 8 a 30 años en lugar de prisión perpetua. Incluso facilita que hechos gravísimos queden subsumidos bajo figuras menores, como las vejaciones o apremios ilegales.

AUMENTOS DE PENAS DESMEDIDAS
El homicidio simple pasa de 8 a 25 años a 10 a 30 años. Y le misma escala penal de 10 a 30 años se aplica a los casos de desaparición forzada de personas, ignorando la diferencia en sus consecuencias sociales. Las lesiones leves aumentan de un mes a un año a un rango de uno a tres años. El hurto simple multiplica por doce la pena mínima y los hurtos agravados pueden llegar a 10 años y 8 meses (por un hecho sin violencia, más pena que el mínimo de un homicidio). Además se criminalizan con pena de prisión situaciones cotidianas como apropiarse de una cosa perdida o tomar por error un objeto ajeno. Se redefine la trata de personas limitando la explotación exclusivamente al ámbito sexual, excluyendo la trata laboral, lo que implica mayor impunidad para sectores poderosos.

Los “trapitos” podrían recibir penas de hasta 10 años, equiparables a homicidios, evidenciando una persecución desproporcionada a personas vulnerables. También se incorpora el tipo de “hostigamiento”, amplio en su descripción y por ende riesgoso, en principio con prisión de hasta 2 años.

PERSECUCIÓN A LA PROTESTA SOCIAL Y SINDICAL
Se crea el delito de “ocupación ilegal” para penalizar ocupaciones breves con penas de 3 a 8 años. Las tomas de inmuebles (calificadas como usurpación) se agravan cuando sean de fábricas, locales comerciales, establecimientos educativos, bienes del Estado o parques nacionales (entre otros casos), intervengan organizaciones sindicales, políticas o grupos de tres o más tres personas. En manifestaciones públicas, arrojar un objeto o agredir “por cualquier otro medio” -¿incluirá la palabra?- tendría pena de 2 a 5 años (de 3 a 9 años si el agredido fuera un funcionario de cualquier tipo). La resistencia a la autoridad (típica acusación para justificar las detenciones y lesiones contra manifestantes) pasaría a una pena de 3 a 8 años y con agravantes (como “poner manos en la autoridad”) llega a 10 años.

También se mantiene el delito de coacción agravada contra reclamos dirigidos a funcionarios y se reintroduce el desacato, punible con insultos o imágenes que ofendan a autoridades, lo que deja un amplio margen de discrecionalidad policial y judicial, aumentado por la inclusión de figuras amplias y con penas elevadas bajo la excusa del terrorismo.

CONCLUSIÓN
El Proyecto profundiza un sistema penal extremadamente represivo, que apunta contra las clases vulnerables, trabajadores organizados, manifestantes y opositores políticos, mientras garantiza mayor poder a los sectores más ricos y quienes los apoyan desde el Estado. Frente a un gobierno que desprecia el sistema democrático y busca silenciar opositores, es indispensable organizar una activa oposición a este proyecto, para evitar este nuevo ataque a nuestros derechos y garantías.