En 1904, se sancionaba en Argentina la Ley 4.349 de Jubilaciones para Empleados del Estado; por ese motivo, cada 20 de septiembre se celebra el Día del Jubilado. Para recordar este día, la Mesa Coordinadora Nacional de Jubilados y Pensionados convoca a un Gran Festival Artístico que se realizará en la Asociación Japonesa en la Argentina – Avda. Independencia 732, Capital Federal – el 26 de septiembre a las 17.00.
LA Mesa Coordinadora recuerda: "Desde 1904 hasta 1944 cada actividad fue generando su propia protección mediante la creación de las llamadas cajas de jubilaciones o de previsión social. La Caja Previsional para los Trabajadores Ferroviarios, años más tarde, la Caja de Previsión para Empleados de Comercio y Actividades Civiles, siempre en respuesta a las luchas de los trabajadores"
En un comunicado plantea cuál es la situación que hoy viven gran parte de jubilados y pensionados:
"En la actualidad, 110 años después de la sanción de esa normativa, hay discursos que expresan ´Las personas mayores son la memoria de un pueblo y maestros de la vida. Cuando una sociedad no cuida a sus ancianos, niega sus propias raíces y, simplemente, sucumbe´ ¿Son verdad esas palabras? cuando se sostiene que los trabajadores jubilados están mejor que nunca con mas del 80% de ellos cobrando por debajo de las necesidades básicas de un adulto mayor y, de ellos, mas del 60% con una jubilación inferior al Salario Mínimo , Vital y Móvil que es lo mínimo que se debe cobrar para la subsistencia.
Siempre fuimos y somos concientes de que los derechos se defienden, no aceptamos un futuro con una pensión a la vejez, luchamos con claras propuestas:
LEY DE PREVISIÓN SOCIAL (expediente 2802-D-2014) que contempla:
1) Recuperar el 82% móvil sobre el salario del trabajador activo en su mismo cargo, oficio o función y la recomposición de todas las escalas conforme a la historia laboral de cada trabajador.
2) Jubilación Mínima no inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil, y éste no inferior a la canasta básica total.
3) Creación del Instituto Nacional de Previsión Social, el que funcionará como entidad de derecho público no estatal, sin fines de lucro, con autarquía y autonomía económica, jurídica, financiera, contable y administrativa, dirigida y administrada, como establece la Constitución Nacional, por representantes de los jubilados, trabajadores activos y la participación del Estado.
Seguimos nuestra Campaña Nacional de Firmas para avalar su tratamiento y sanción en la Cámara de Diputados de la Nación.
LEY DE DEFINITIVA NORMALIZACIÓN DEL INSSJP (PAMI) ¡BASTA DE INTERVENCIÓN! Reclamos mantenidos por décadas tanto por los trabajadores jubilados y activos. Atención médico-asistencial de los jubilados y pensionados con actualización de todos aquellos conceptos correspondientes a las prestaciones sociales garantizando una cobertura equitativa, eficaz y oportuna de los beneficiarios. No a la tercerización en servicios esenciales.
LEY DE VIVIENDA EN COMODATO PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, el 10 (diez) por ciento de las unidades habitacionales cuya construcción se financie directa o indirectamente, total o parcialmente, con fondos del Tesoro Nacional
¡POR UN AUMENTO DE EMERGENCIA DE $ 1.000.- EN TODAS LAS CATEGORIAS!
LA SITUACIÓN ACTUAL ES INSOSTENIBLE. RECURSOS HAY, SE REQUIERE UNA DECISIÓN POLÍTICA."



