Hoy jueves 13 de setiembre se presentó en la Cámara Baja un proyecto para reemplazar la Ley de Riesgos de Trabajo aprobada durante la década de 90 como negocio para bancos y aseguradoras. La nueva norma propone terminar con el negocio de las ART creando un sistema solidario y con participación de trabajadores/as. (Proyecto de Ley leer aquí )
(Red Eco) Argentina- La Ley de Prevención de los Riesgos Laborales y Reparación de daños e Incapacidades derivados de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Laborales – presentada por el diputado nacional Víctor De Gennaro y el Bloque de la Unidad Popular – es un proyecto creado por la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) a partir del análisis de los problemas reales de los trabajadores/as en sus lugares de desempeño. “Esta ley se basa en la idea de que el Trabajo y la Salud deben ir de la mano y que para ello es necesaria una política activa de fortalecimiento de la solidaridad, la organización y el cuidado en los mismos lugares de trabajo”, puede leerse en una cartilla difundida por la CTA.
En nuestro país mueren 20 trabajadores/as por día. Cuatro de ellos en accidentes de trabajo y el resto por enfermedades vinculadas con el ambiente laboral. Son 7500 muertes en el año. Sin embargo la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) solo reconoció en 2010 el fallecimiento de 871 personas porque sus estadísticas no contemplan a quienes son trabajadores no registrados o precarizados (alrededor del 40 %) ni a las enfermedades laborales.
La Ley 24557 es la que regula en la actualidad la prevención y la salud en el trabajo. Este sistema de Riesgos de Trabajo fue producto de las políticas neoliberales de los 90 donde los acuerdos de préstamos firmados con el Fondo Monetario Internacional y con el Banco Mundial impusieron flexibilizar la legislación del trabajo y de la Seguridad Social. Nacieron entonces las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP, hoy estatizadas en la ANSeS) y las Administradoras de Riesgo de Trabajo (ART).
En ese marco se privatizó íntegramente el sistema de accidentes y enfermedades profesionales, estableciéndose un Seguro de Vida Obligatorio en beneficio de bancos y compañías de Seguro (altamente rentable para ambos) y un sistema de cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades –con un listado cerrado de las que arbitrariamente considera como laborales- a través de las ART. De esta manera los empresarios no tienen responsabilidad sobre deberes de seguridad, indemnidad y reparación integral.
Las ART son la privatización del sistema de accidente y enfermedades profesionales que siguen haciendo negocios con la salud de los trabajadores, negocio que nada tiene que ver con la protección de la vida.
El sistema fracasó tanto en su acción preventiva como en lo prestacional. Esto obligó a trabajadores/as a tener que recurrir a la Justicia que, a través de la Corte Suprema de Justicia la Nación, declaró en varios fallos la inconstitucionalidad de la Ley 24557.
Ejes del proyecto de Ley
El proyecto crea instituciones y organismos que garanticen acciones efectivas de prevención con la participación de trabajadores/as en los lugares de desempeño y en la gestión del sistema.
Rol del Estado: el sistema que se proyecta deposita las funciones indelegables que debe cumplir el Estado en materia de planificación, investigación, coordinación, vigilancia, control y poder de policía de las condiciones y medio ambiente de trabajo, en la Oficina Nacional de Salud y Seguridad Laboral (ONSySL). Los aspectos prestacionales recaerán en el Banco de Seguros de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Laborales (BSATyEL).
Prevención: ordena la actuación de las diversas administraciones públicas con competencia en materia de inspección, control de las condiciones y el medioambiente de trabajo, como el involucramiento de las empresas y la participación activa de trabajadores/as a través de un sistema de representación específica. Crea la Comisión Nacional de Seguridad y Salud Laboral de la cual la ONSySL formará parte.
Deberes de las Empresas: las empresas deberán registrar obligatoriamente a sus trabajadores/as antes estos organismos públicos, designar o contratar servicios de prevención autorizados por la ONSySL y un seguro adicional antes situaciones de insuficiencia patrimonial o fallos adversos del fuero civil.
Universalidad de Derechos: consagra estos derechos, cualquiera sea el ámbito donde se trabaja, o la forma en que se establezca la relación laboral. Se aplicará también en las Administraciones Públicas.
El delegado de prevención: instituye esta figura cuya función es la tutela de la salud de los trabajadores en el ambiente laboral otorgándole “fuero sindical”. Además le dan el derecho a denunciar situaciones de trabajo precario, o no registrado y la participación en las negociaciones paritarias para discutir condiciones laborales y del medio ambiente de trabajo. Ambos temas serán de tratamiento obligatorio para que el Ministerio de Trabajo homologue los convenios colectivos. Estos delegados y los representantes de las empresas formarán el Comité de Prevención de Riesgos de Trabajo como órgano paritario.
Apertura del fuero civil: el proyecto prevé abrir la posibilidad de la responsabilidad civil y penal y mejorar el aspecto sancionatorio.
Comisiones Médicas: el proyecto plantea la creación de Comisiones Médicas dependientes de otras instancias estatales que sean diferentes a las que brindan las prestaciones, para dar garantía a la autonomía de sus dictámenes.
“Una ley para que el trabajo no nos cueste la vida”, dice la cartilla de la CTA. “Frente al negocio del sistema de las ART hay una alternativa: derogar la Ley 24557 y crear un sistema solidario. Hacer realidad esta Ley necesita de todos y todas. Solo con la fuerza de la movilización popular podemos lograr torcer la fuerza de los grandes grupos financieros que se benefician con la legislación actual y poner sobre la mesa una herramienta que cuide nuestra salud”, agrega.
Para dar apoyo a esta iniciativa se puede firmar en www.xleysaludlaboral.org.ar
Fuente: Proyecto de ley –cartilla publicada por la CTA