Mientras la Secretaría de Ambiente de Córdoba se niega sistemáticamente a exigir la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) a la planta de bioetanol, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) asignó número de caso a la denuncia contra el Estado argentino. Por Daniel Díaz Romero para La Tinta.

“Hay un encubrimiento estatal que vulnera los derechos humanos de los vecinos”, advierte Ananda Lavayén, abogada de Fundeps. En paralelo, la Cámara Federal dictó una nueva resolución exigiendo la EIA, al tiempo que avanza la investigación por presunta corrupción contra los camaristas que fallaban a favor de la empresa. Las vecinas de barrio San Antonio, respaldadas por Fundeps, denuncian la complicidad gubernamental y el riesgo sanitario de una planta con carga de fuego cien veces superior a lo permitido en zona urbana.

En el sur de la ciudad de Córdoba, el conflicto socioambiental en torno a la planta productora de bioetanol de Porta Hermanos ha cruzado un punto de no retorno. Lo que comenzó hace más de una década como el reclamo desesperado de un grupo de vecinas de barrio San Antonio ante olores nauseabundos, irritación ocular y vibraciones continuas en las paredes de sus viviendas, hoy se erige como un paradigma de impunidad corporativa, connivencia judicial y abandono estatal.

Con el apoyo de la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la causa contra la destilería asentada en plena mancha urbana acaba de dar un vuelco institucional determinante: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le asignó número de caso a la petición presentada contra el Estado argentino, abriendo formalmente la etapa de investigación de fondo por violaciones a los derechos humanos.

La decisión del fuero internacional llega en un momento de fuerte convulsión local, luego de que salieran a la luz severas sospechas e imputaciones por presunta corrupción que salpican a los camaristas federales Abel Sánchez Torres y Graciela Montesi, quienes sistemáticamente fallaban a favor de la empresa, sacando a relucir supuestos viajes al exterior en aviones privados ligados a la propia empresa.

La génesis de una «bomba de tiempo» urbana
Para comprender la escala del conflicto, es preciso revisar la transformación del establecimiento. Hacia finales de los años 90, en barrio San Antonio, funcionaba una destilería artesanal de pequeña escala dedicada a la elaboración de licores. La fractura social y ambiental ocurrió en 2012, cuando la empresa emprendió una expansión intensiva hacia los terrenos aledaños para volcarse a la elaboración industrial de bioetanol, un combustible de altísima inflamabilidad que alteró de forma drástica y definitiva el entorno urbano.

Fue entre los años 2012 y 2015 cuando comenzaron a manifestarse los problemas severos de salud en la población, tales como afecciones oculares, dérmicas y digestivas, lo que impulsó las primeras investigaciones sanitarias en el barrio.

Ante la falta de respuestas oficiales, en 2016, los vecinos interpusieron la primera acción judicial en el fuero federal demandando al Estado y señalando a Porta Hermanos como tercero interesado. Entre 2018 y 2023, se acumularon sentencias de primera y segunda instancia que exigían la Evaluación de Impacto Ambiental, mientras el Poder Ejecutivo provincial, a través de la Secretaría de Ambiente, se negaba sistemáticamente a exigirla y la Corte Suprema eludía expedirse sobre el fondo mediante un certiorari. Esto llevó a que, en 2023, Fundeps y las vecinas formalizaran la petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Entre la CIDH y la evidencia científica: un giro decisivo en la causa
Hoy, el escenario ha dado un giro definitivo. La CIDH decidió admitir el caso ante el silencio del Estado argentino. En paralelo, la Cámara Federal emitió una nueva resolución exigiendo la Evaluación de Impacto Ambiental, al tiempo que se imputó por presunta corrupción a los camaristas que votaban sistemáticamente a favor de la firma.

«Porta empezó a producir bioetanol, alambre de por medio, con muchas de las vecinas que hoy continúan la lucha y viven pegadas a las casas de la fábrica. Empezaron los problemas de salud: irritación en los ojos, problemas dérmicos, digestivos y olores extraños», explica la abogada Ananda Lavayén, integrante del equipo legal de Fundeps.

Ante la falta de controles públicos, la propia comunidad organizada debió financiar estudios independientes para dimensionar el riesgo. Las investigaciones de genotoxicidad lideradas por la bioquímica Delia Aiassa arrojaron niveles de daño genético en pobladores del barrio equivalentes a los que presentan trabajadores expuestos de forma directa a agrotóxicos o a entornos químicos de alta peligrosidad.

A este cuadro epidemiológico, se sumó un estudio técnico sobre la carga de fuego instalada en el predio, el cual determinó que los volúmenes de combustible almacenados superan cien veces los límites permitidos para una zona urbana.

“Si llega a haber un incendio o un siniestro, no sabemos qué pasa. La carga de fuego es cien veces más de lo que debería ser y la pluma de dispersión del vapor abarca una porción gigantesca de la ciudad. Es una bomba de tiempo en plena mancha urbana y no hay un protocolo de evacuación público para los barrios aledaños”, advierte Lavayén.

El laberinto legal y las trampas de la fiscalización
A lo largo de más de 12 años de litigio, la estrategia de la firma y de las distintas gestiones gubernamentales ha sido eludir el trámite de la Evaluación de Impacto Ambiental. Se trata de un procedimiento contemplado por la Ley Provincial 10208 que exige rigor técnico interdisciplinario, diagnóstico de riesgos y la obligatoriedad de convocar a audiencias públicas informativas para la ciudadanía.

Por el contrario, el Poder Ejecutivo provincial, a través de la Secretaría de Ambiente, se ha negado sistemáticamente a exigir la EIA y se ha escudado en un esquema de auditorías internas periódicas. Mientras la Evaluación de Impacto Ambiental garantiza procesos públicos, fiscalización técnica multidisciplinaria e instancias de participación vecinal previas a cualquier autorización, el sistema de auditorías oficiales se tramita a puertas cerradas, prescinde de la voz comunitaria y se limita a controles administrativos preventivos que ni siquiera toman estado público.

“Las auditorías no son públicas. Las hemos pedido para saber qué dicen los informes y nos responden con evasivas o amparándose en el secreto industrial. Pero acá hay derechos de incidencia colectiva, el derecho a la salud y a un ambiente sano, que están por encima del secreto profesional de una industria. Hay una ponderación extraña donde se cuidan los intereses de un grupo privado por sobre los vecinos de la ciudad de Córdoba”, remarca la letrada.

La inacción estatal no se limita a las esferas de la administración pública; ha alcanzado el despacho de las máximas autoridades ambientales de la provincia, ya que se ha exigido en diversas oportunidades a la Secretaría de Ambiente provincial el cumplimiento de las sentencias sin obtener respuestas.

Puertas cerradas en la Justicia local y el salto a la CIDH
El itinerario judicial en Argentina recorrió todas las escalas. Sentencias de primera y segunda instancia ratificaron en diversas oportunidades que la firma debía someterse a la Evaluación de Impacto Ambiental. Sin embargo, el entramado se empantanó en los tribunales federales de Córdoba, bajo resoluciones que beneficiaban reiteradamente a la empresa y que hoy son objeto de investigación penal.

“Los jueces Sánchez Torres y Montes son investigados por presuntas dádivas o beneficios vinculados a la empresa Porta, a partir de la cual se habría detectado que ambos magistrados realizaron viajes al exterior en aviones privados de la empresa Airjet, cuyo titular histórico habría sido el propio dueño de Porta. Estos elementos forman parte de la investigación orientada a determinar si existió algún vínculo entre dichos beneficios y las decisiones judiciales adoptadas en los casos que involucraron a la empresa”, puntualiza la abogada de Fundeps.

Tras un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que evitó expedirse sobre el fondo mediante la aplicación del artículo 280 (certiorari), las organizaciones de la sociedad civil y los afectados formalizaron en 2023 una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Al no haber recibido respuesta ni descargos por parte del Estado argentino en los plazos legales, la CIDH decidió dar un paso crucial: le otorgó número de caso al expediente y abrió la etapa para pronunciarse sobre la admisibilidad y el fondo de la cuestión.

«Entre el 1% y el 4% de las denuncias que llegan a la Comisión logran pasar los filtros formales para convertirse en caso. Es un movimiento muy importante que pone al Estado provincial y nacional bajo la lupa internacional por violar el derecho a la vida digna, a la salud y a un ambiente sano», enfatiza Lavayén.

Un reclamo que interpela al poder político
El caso Porta expone la fragilidad de las instituciones locales cuando deben dirimir conflictos donde colisionan los intereses de grandes grupos económicos con los derechos fundamentales de comunidades vulneradas. Mientras la causa avanza en el fuero internacional y se abren cuatro meses para aportar nuevas pruebas científicas ante la CIDH, la planta continúa operando diariamente a metros de las viviendas familiares.

“Las vecinas no pueden esperar más; la salud de las personas no espera. Ellas han golpeado todas las puertas habidas y por haber, han enterrado a parientes y amigos en el camino y han hecho el trabajo que le correspondía al Estado pagándolo de su propio bolsillo. Lo que exigen es justicia y sentar un precedente para que ninguna otra comunidad tenga que vivir con el miedo constante de tener una bomba de tiempo al lado de su casa”, concluye Lavayén.

El dilema que plantea Porta Hermanos ya no admite eufemismos ni dilaciones administrativas. Cuando la tutela de la salud pública queda subordinada al resguardo corporativo, la inacción del Estado deja de ser mero ausentismo para transformarse en complicidad directa.

Frente a los fallos ignorados y las sospechas de corrupción que opacan a los tribunales locales, la apertura de la causa en la Comisión Interamericana expone una certeza incómoda: en la Córdoba del discurso ambiental, garantizar el derecho elemental a respirar sin enfermar se ha convertido en una batalla que requiere el amparo de la Justicia internacional, porque las autoridades ambientales de la provincia, una vez más, parecen defender al verdugo despreciando a las víctimas.

Imagen: Colectivo Manifiesto