Fatou Bensouda, Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional (CPI), ha resuelto de una vez por todas las dudas acerca de la jurisdicción de la Corte para investigar los crímenes de guerra cometidos en la Palestina ocupada.
(Ramzy Baroud y Romana Rubeo – Middle East Monitor) Medio Oriente – El 30 de abril Bensouda publicó un documento de 60 páginas que establecía diligentemente las bases legales de esa decisión, y en el que se concluía: “la Fiscalía ha considerado cuidadosamente las observaciones de los participantes y mantiene la opinión de que la Corte tiene jurisdicción sobre el territorio palestino ocupado”.
La explicación legal de Bensouda fue en sí misma una decisión preventiva, que se remonta a diciembre de 2019, ya que la Fiscal de la CPI debió haber anticipado un contraataque orquestado por Israel contra la investigación de los crímenes de guerra cometidos en los Territorios Ocupados.
Después de años de discusiones, la CPI resolvió en diciembre de 2019 que “hay una base razonable para proceder a una investigación sobre la situación en Palestina de conformidad con el artículo 53 del Estatuto”.
El Artículo 53 describe simplemente los pasos procesales que a menudo conducen, o no, a una investigación por parte de la Corte.
Ese artículo se satisface cuando la cantidad de evidencias aportadas al Tribunal es tan convincente que no deja a la CPI otra opción que la de seguir adelante con una investigación.
De hecho, Bensouda ya había declarado a finales del año pasado que ella estaba: “Convencida de que (i) se han cometido o se están cometiendo crímenes de guerra en Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental, y la Franja de Gaza… (ii) los posibles casos derivados de tal situación serían admisibles; y (iii) no hay razones sustanciales para creer que una investigación no sirva a los intereses de la justicia”.
Naturalmente, Israel y su principal aliado occidental, Estados Unidos, se enfurecieron. La comunidad internacional nunca ha responsabilizado a Israel por sus crímenes de guerra y otras violaciones de los derechos humanos en Palestina. La decisión de la CPI, especialmente si la investigación avanza, sentaría un precedente histórico.
Pero, ¿qué podían hacer Israel y EEUU al no ser ninguno de los dos Estado-parte de la CPI, por lo que no tienen influencia real en los procedimientos internos de la Corte? Tuvieron que elucubrar una solución.
En una ironía histórica, Alemania, que tuvo que responder a numerosos crímenes de guerra cometidos por el régimen nazi durante la Segunda Guerra Mundial, entró en escena para servir como principal defensor de Israel en la CPI y proteger a los criminales de guerra acusados de responsabilidades legales y morales.
El 14 de febrero Alemania presentó una petición ante la CPI solicitando un estatus de “amicus curiae”, que significa “amigo de la corte”. Al lograr ese estatus especial, Alemania pudo presentar objeciones, argumentando en contra de la decisión anterior de la CPI en nombre de Israel.
Alemania, entre otros, argumentó que la CPI no tenía autoridad legal para debatir los crímenes de guerra israelíes en los Territorios Ocupados. Estos esfuerzos, sin embargo, resultaron finalmente nulos.
La pelota está ahora en la cancha de la sala previa al juicio de la CPI.
La sala previa al juicio está compuesta por jueces que autorizan la apertura de investigaciones.
Habitualmente, una vez que la Fiscal decide considerar una investigación, debe informar de su decisión a la Cámara de Cuestiones Preliminares.
Según el Estatuto de Roma, Artículo 56 (b), “… la Sala de Cuestiones Preliminares, a solicitud del Fiscal, puede tomar las medidas que sean necesarias para garantizar la eficiencia e integridad de los procedimientos y, en particular, para proteger los derechos de la defensa”.
El hecho de que el caso palestino haya avanzado hasta ese punto puede y debe considerarse una victoria para las víctimas palestinas de la ocupación israelí. Sin embargo, si la investigación de la CPI avanza de acuerdo con el mandato original solicitado por Bensouda, se producirán importantes fallos legales y morales que frustrarán a quienes defienden la justicia en nombre de Palestina.
Por ejemplo, los representantes legales de las “víctimas palestinas residentes de la Franja de Gaza” expresaron su preocupación en nombre de dichas víctimas con respecto al “alcance aparentemente limitado de la investigación de los crímenes sufridos por las víctimas palestinas de esta situación”.
El “alcance limitado de la investigación” ha excluido hasta ahora crímenes tan graves como los crímenes de lesa humanidad. Según el equipo legal de Gaza, el asesinato de cientos y las heridas de miles de manifestantes desarmados que participan en la “Gran Marcha del Retorno” es un crimen contra la humanidad que también debe investigarse.
La jurisdicción de la CPI, por supuesto, va más allá de la decisión de Bensouda de investigar solo “crímenes de guerra”.




