Lo hizo el juez Marcelo López Alfonsín al solicitar al Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires “que arbitre los medios necesarios a fin que se realicen las obras pertinentes para garantizar la seguridad en el edificio de la calle Venezuela 3158”.
Cabe recordar que el jefe de gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, a través de su ministra de Educación, Soledad Acuña, cerró el jardín que funcionaba en el Hospital Ramos Mejía y resolvió mudarlo de manera intempestiva a un inmueble ubicado en Catamarca al 300, que aún no cuenta con la habilitación correspondiente. De esta manera, los niños y niñas que asisten al jardín no pudieron comenzar las clases este lunes 2 de marzo.
Tanto la comunidad educativa del Ramos Mejía como el resto de los vecinos y vecinas del barrio reclaman que ambos establecimientos permancezcan abiertos, en condiciones seguras y dignas, para sumar así vacantes en instituciones públicas.
En su fallo, el juez Marcelo López Alfonsín, titular del Juzgado de Primera instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N° 18, expresó: “Es posible identificar en su mayoría problemas vinculados con la falta de vacantes en el sistema educativo de gestión pública del Estado local en sus distintos niveles, judicializadas a través de amparos individuales o colectivos, o bien, en amparos por acceso a la información pública (…) (a lo que se suman demandas por) el estado edilicio en que se encuentran numerosas escuelas de la Ciudad (…). Lo que se intenta resguardar es nada menos que la seguridad de niños de 45 días a 5 años de edad en un edificio que no se encuentra en condiciones mínimas de resguardo frente a un eventual incendio tal como han explicado especialistas en la materia del Cuerpo de Bomberos”. El magistrado adelantó además que el próximo viernes realizará una inspección ocular en el edificio de la calle Catamarca.
A su vez, López Alfonsín ordenó reacondicionar la sede del jardín del Hospital en un plazo de 10 días. Así lo indica en su escrito: “La efectivización de esta medida deberá ser informada directamente a este Tribunal en el plazo de diez (10) días”.
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