Una resolución de la justicia platense estableció que el plazo de prescripción no puede ser argumento para desestimar la investigación de un caso de abuso sexual.
De este modo la Sala IV de la Cámara de Apelaciones y Garantías hizo lugar a la presentación de las abogadas feministas Sofía Caravelos y Analía Carrillo, revocó el fallo de primera instancia y estableció la obligación de la justicia de investigar un hecho de abuso sexual que la víctima padeció desde el año 1984 hasta el 2001 aproximadamente pero que recién logró denunciar penalmente en 2017.

S.R. fue abusada sexualmente desde los 13 años de edad por su tío paterno. Los abusos continuaron hasta por lo menos el año 2001. Su develación en el entorno familiar se produjo en el marco de una afección psiquiátrica, que durante años la tuvo “carente de voluntad”. Muchos años más le llevó entender lo que le había sucedido. Comprender que no tenía la culpa, reconocerse como víctima y reunir las fuerzas necesarias para pedir que el abusador tenga que dar explicaciones ante la justicia. SR. concurrió a tribunales en 2017 y presentó la denuncia formal, acompañada por sus hermanas, su madre y sus abogadas.

En otras causas similares, la justicia bonaerense había resuelto la prescripción, por esa razón esta resolución es un valioso precedente. “La justicia en su pretendida imparcialidad es reticente a reconocer que puede ser permeable a los cambios sociales” dijeron las abogadas.

La causa de S.R por decisión de la Cámara de Apelaciones vuelve a la fiscalía para que se siga investigando y se pueda entonces establecer los hechos, nombrarlos como delito y aplicar un reproche social al imputado.

La medida judicial es un valioso precedente para otros casos de abuso y un hito en la lucha contra la justicia machista.
Fuente: Agencia Andar