Alegato contra dos estancieros

Será mañana en el juicio por violación a una orden judicial que prohibía introducir animales en territorio de la Comunidad Mapuche Enrique Sepúlveda de Chubut.
La medida cautelar de no innovar sobre la ocupación del territorio comunitario fue dictada por el Juez Civil Claudio Petris en 2007. Su reiterada violación por parte de los estancieros linderos motivó la apertura de la causa penal. La sentencia se espera para fines de la próxima semana.
Lamentablemente no es novedad las reiteradas faltas de respeto y agresión a las comunidades originarias en general, y mapuches en particular. Tanto es así que el
Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires aprobó una declaración de repudio ante la aparición de numerosos artículos periodísticos que agraviaban al pueblo mapuche en diferentes diarios de circulación nacional, regionales y locales del norte de la Patagonia.
Allí afirman que estas notas tienen como punto en común desacreditar la pre- existencia del pueblo originario mapuche desconociendo sus reivindicaciones, las legislaciones vigentes y la producción científica de las últimas décadas, que la lucha del pueblo mapuche por la tierra viene siendo silenciada y reprimida por la presión que ejercen los intereses de grandes corporaciones inmobiliarias en la región y que la Constitución Nacional del año 1994, con la sanción del artículo 75, inciso 17, ha incorporado el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas con rango constitucional.

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