Red Eco Alternativo ***

Condenado por discriminación sindical

 

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelación del Trabajo resolvió imponer al Estado una multa por práctica desleal por el monto de $5000, y condenar a otorgar a la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) locales para desarrollar su actividad gremial en los edificios que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)  posee en Rivadavia 733 y Carlos Calvo 190 de la Ciudad de Buenos Aires.


Esta organización sindical interpuso acción judicial a los fines de obtener el cese de la discriminación que las autoridades del INDEC dirigían contra ésta, respecto del tratamiento diferenciado impartido por el mismo en relación a los dos gremios con ámbito de actuación (ATE – UPCN).
En síntesis la Justicia entendió que se encontraba probado que el INDEC proporcionó locales en sendos edificios a UPCN, y que la negativa a otorgar iguales facilidades a ATE constituye objetivamente un acto discriminatorio y contrario a la libertad sindical, por lo que corresponde reparar la practica desleal producida.
Se trata así de un fallo ejemplar que una vez pone fuera de juego al organismo, reafirmando el derecho a la libertad sindical con que cuentan las organizaciones sindicales para la defensa y promoción de los derechos de los trabajadores, haciendo hincapié en el derecho de no discriminación.


 

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