Red Eco Alternativo ***

Resolución judicial a favor de defensores ambientales de Córdoba

La Jueza de Control de 9ª Nominación de la Ciudad de Córdoba, Celeste Ferreyra, hizo lugar el miércoles a un Habeas Corpus (HC) colectivo dirigido a proteger la integridad física y la libertad de defensorxs ambientales de la provincia de Córdoba que vienen sufriendo distintos tipos de violencia institucional, hostigamiento, amenazas, arrestos arbitrarios, pero también -como señala el HC- desatención de sus demandas por parte de diferentes entes estatales provinciales y municipales.

Reproducimos el comunicado de la Mesa de Organizaciones, comunidades indígenas y asambleas ambientales y abogadas/os ambientalistas de Córdoba

Este Habeas Corpus colectivo y preventivo, significa la primer respuesta de la Justicia de Córdoba a las demandas planteadas por la Mesa de Organizaciones, Comunidades Indígenas y Asambleas Socioambientales, que desde el pasado 28 de julio ha generado diferentes acciones de reclamo frente a Tribunales I, denunciando el “cajoneo” de las causas ambientales, la criminalización de lxs defensorxs ambientales que en los territorios resisten contra el avance en la destrucción de los bienes comunes (el monte, sitios arqueológicos, cuencas hídricas, etc.) por la construcción de autovías, como aquellxs que luchan contra la contaminación generada por industrias, enterramientos sanitarios y producciones agropecuarias contaminantes, loteos ilegales, etc.

El HC parece ser la primera resolución de la Justicia de Córdoba que se adecúa a la legislación y acuerdos internacionales en materia ambiental y de derechos humanos vigentes. En primer lugar, esta resolución señala el estatuto legal de las y los defensores ambientales y el deber del Estado de protegerlxs. Reconoce la urgencia y gravedad de la situación vivida en los territorios en un marco general de crisis ambiental, avanzada de la destrucción de los bienes comunes y el recrudecimiento de la violencia institucional.

Atento a ello, la Dra. Ferreyra RESUELVE: “1. Exhortar a la Policía de la Provincia de Córdoba para que se abstenga de realizar medidas que impliquen limitaciones o amenazas a la libertad ambulatoria del colectivo conformado por los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, comunidades de pueblos originarios, pobladores de las localidades afectadas y abogados defensores de los Valles de Punilla, Paravachasca y Sierras Chicas, que se manifiesten pacíficamente en favor del medioambiente, siempre que no exista una orden judicial que así lo disponga o se verifique alguno de los supuestos taxativamente previstos en el CPP. 2. Exhortar a la Sra. Jefa de la Policía de la Provincia de Córdoba para que haga conocer a todo el personal de la Policía de la Provincia de Córdoba que en el ejercicio de las facultades que se correspondan con la ley de Seguridad Pública de la Provincia de Córdoba y con el Protocolo de actuación policial para el uso legal y racional de la fuerza en la Provincia de Córdoba, la privación de la libertad sólo procede con carácter excepcional y cuando resulte absolutamente necesaria; que las razones que la determinan deberán constar expresamente y que particularmente deberán tener presentes las consideraciones hechas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Torres Millacura y otros vs. Argentina” (sentencia del 26 de agosto de 2011), y las disposiciones plasmadas en el Acuerdo de Escazú (ley 27.566). 3. Recomendar al Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, para que a través del Ministerio de Seguridad elabore un protocolo destinado específicamente a regular las prácticas y criterios de actuación de las fuerzas de seguridad en manifestaciones sociales que tengan por fin proclamar o defender derechos reconocidos por la Constitución Nacional y Tratados Internaciones, entre ellos los derechos ambientales reconocidos por el Acuerdo de Escazú (ley 27.566).  4. Encomendar a la Sra. Jefa de la Policía de la Provincia de Córdoba que el personal superior de la fuerza policial se interiorice del contenido de la presente resolución. 5. Remitir copia de la presente al Tribunal Superior de Justicia, al Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, al Sr. Ministro de Seguridad de la Provincia de Córdoba, a la Sra. Jefa de la Policía de la Provincia de Córdoba y a la Oficina de Derechos Humanos del Poder Judicial de Córdoba.”

Consideramos una respuesta saludable por parte de uno de los poderes del Estado en materia medio ambiental, dejando un antecedente más que interesante de acogimiento a toda una serie de normativa Nacional e Internacional que va en procura de proteger a los hombres y mujeres que se predestinan a proteger los bienes comunes que nos permiten el acceso a la Salud, a la Vida y al Derecho al Ambiente Sano.

Ahora bien, es también una obligación de los poderes del Estado, en la peor situación medioambiental de la historia de la Provincia de Córdoba, hacer lugar a nuestros reclamos por Justicia Ambiental inmediata. Nos solo debe garantizarse en Córdoba el derecho a la Protesta Social Pacífica, que hoy estaría siendo base del orden democrático y del Estado de Derecho, sino que, además, desde el Poder Judicial, se deben agilizar las Causas Ambientales (Civiles, Penales y Contencioso Administrativa), deben otorgarse con carácter urgente las Medidas Cautelares solicitadas en los Amparos Ambientales, y la poquísima que se han otorgado deben hacerse cumplir. A esto hay que sumar la solicitud el avance de las Investigaciones Penales Preparatorias en contra de Funcionarios y Funcionarias del gobierno de la Provincia, Municipios y Comunas; que han resultado cómplices de los atropellos a nuestros territorios y que llenan casilleros en las distintas Fiscalías de la Provincia de Córdoba sin resolución ni avance.

#JusticiaAmbientalYa!

Contactos para ampliar:

Abogados Marcela Fernández (3541-610017), Rocía Loza Serra (351-6174199), Eugenia Scarpienllo (351-2407039), Lucas Cocha (351-6195536), Rene Amsler (3412-143290) y Juan Carlos Smith (351-6853409)

 

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