Echazú y Bullrich no dormirán tranquilos

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió reabrir la causa que investiga la desaparición forzada seguida de muerte de Santiago luego de la brutal represión de Gendarmería en la Ruta 40 y el Pu Lof de Cushamen. De la teoría del ahogado al abandono de persona, el Estado no puede ocultar la desaparición forzada.

(Por Comité de Solidaridad Santiago Maldonado La Plata) Argentina-  El pasado 5 de septiembre, con firma de los jueces Hebe Corchuelo, Javier Leal y Aldo Suarez, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia decidió que no está terminada la investigación por la desaparición y muerte de Santiago en la causa FCR 8232/2017/CA5 “IMPUTADO: ECHAZU, EMMANUEL s/DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONA”. La resolución llega tras la apelación interpuesta por los querellantes del CELS, AEDD, APDH, CPM y la familia Maldonado contra la resolución del juez Federal subrogante de Esquel, Guillermo Gustavo Lleral, que en noviembre pasado determinó inexistencia de delito, rechazó la realización de medidas probatorias propuestas por las querellas y resolvió dictar el sobreseimiento total y definitivo del gendarme Echazú y cerrar la investigación.

Los jueces de Cámara dicen ahora que “se investigó una única hipótesis delictiva aquí definitivamente descartada sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión del personal de gendarmería o de quienes se introdujeron en el rio con Maldonado”. Con ello se echa por tierra el cierre prematuro de la investigación que pretendió Lleral, ya que el tribunal de alzada consideró que si bien el juez y la fiscalía “han desarrollado una ardua labor investigativa, en procura primero del hallazgo de Santiago Maldonado y posteriormente para esclarecer las causas de su muerte, la investigación no se encuentra agotada”. En ese sentido  los fundamentos de esta nueva decisión van en 3 direcciones: el injustificado rechazo de pruebas ofrecidas por las querellas, la necesidad de ampliación de elementos periciales dudosos y esencialmente la prevalencia del derecho a la verdad. En este último sentido la Cámara critica que como contradictorio que Lleral haya rechazado las medidas peticionadas por la querella argumentando que eso “demoraría injustificadamente la respuesta judicial que la sociedad y la Familia Maldonado está esperando”, cuando justamente es la familia la que pretende la exhaustividad investigativa. 

Por ello el fallo reconoce la existencia de “ciertos puntos del informe pericial, que merecen mayor explicación o su eventual ampliación, en aras a despejar cualquier duda razonable”, en concreto lo referido la data de muerte, la presencia de polen en las ropas, el informe de diatomeas y la peritación del bastón y los billetes hallados en poder de Santiago.

Respecto a la data de muerte, fruto de una polémica entre peritos por conclusiones diferentes del tiempo de permanencia del cuerpo en el agua de 53, 60 y 78 días, se va a solicitar informe al EAAF sobre las tareas de inspección ocular en el lugar de hallazgo del cuerpo que realizó el 12-12-17 para que indiquen, si a partir de los datos que pudieran surgir de tal relevamiento es factible realizar una aproximación más cercana a la data de la muerte de Santiago Maldonado. Sobre las algas diatomeas halladas en los pulmones, sobre las que la investigación habría arrojado una diferencia cuantitativa se cita a testimoniar a la bióloga Nora Inés Maidana para que exponga el resultado de su informe respondiendo las dudas que puedan presentarse al respecto. Lo mismo respecto al polen, que no hubiera podido permanecer adherido al pantalón tanto tiempo por el arrastre de la corriente del flujo del río, para lo cual se cita a la palinóloga Leticia Povilauskas, para que se explaye sobre esa afirmación.

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Los jueces de cámara re conceptúan el hecho y afirman que “nos encontramos ante una muerte traumática con ribetes que podrían ser tildados de dudosos, por haber acontecido en un contexto de intervención estatal en cuyo desarrollo se hizo uso de las herramientas dotadas a los agentes estatales para la prevención y represión de los delitos. De allí que corresponda ampliarse la investigación a efectos de verificar o descartar la existencia de alguna otra hipótesis delictiva”.
Sin embargo el fallo también tiene puntos oscuros, como el descarte de la hipótesis de la detención de Santiago y su traslado por Gendarmería. Dicen los jueces que tal hipótesis “se desvanece a poco que se estudia el plexo probatorio colectado” y que indicio de ello serían las pericias sobre los celulares de los gendarmes donde “lejos de presentar datos que permitan suponer alguna trama de connivencia u ocultación, hablan de sorpresa y en algunos casos de indignación por lo que estaba ocurriendo”. Además los jueces de cámara no receptaron los agravios vinculados a la ausencia de investigación relacionada con la presunta ilegalidad del ingreso de Gendarmería Nacional al Pu Lof, porque ya habría sido investigada en el expediente 17812/2017.

Al cerrar el expediente en noviembre pasado el juez Lleral había elaborado su escrito dándose aires literatos al final de su veredicto, donde tras citar a Aristóteles y Séneca dijo: “la verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, sólo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo (…) En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos (…) La verdad es esa”. 

Nosotros seguimos diciendo que hay muchas cosas que el Estado no pudo explicar. Porque el operativo represivo del gobierno de Mauricio Macri que persiguió a los tiros a los compas, que bloqueaban la ruta 40 hasta el río Chubut en protesta por la libertad del lonco Facundo Jones Huala, fue un acto de disciplinamiento a las comunidades en resistencia ordenado por la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich y su Jefe de gabinete Pablo Noceti. Seguimos afirmando que Macri, Bullrich, Noceti y el jefe de los gendarmes Fabián Méndez son responsables. Y que el secreto de lo sucedido el 1 de agosto de 2017 en el río Chubut duerme en la sonrisa siniestra del gendarme Emmanuel Echazú. Seguiremos denunciando al Estado represor por este y todos los crímenes que comete a diario.

 

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