Red Eco Alternativo ***

Denuncia de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito de Necochea

A través de un comunicado se refirieron a la situación de maltrato y abandono hacia las personas gestantes que acuden a solicitar una Interrupción Legal del Embarazo (ILE) por parte de las autoridades y profesionales del sistema de Salud Municipal de Necochea y Quequén, lo que genera distintos riesgos para la salud.

Reproducimos comunicado:
En este nuevo contexto de pandemia mundial y de aislamiento obligatorio, las autoridades del Hospital Dr. Emilio Ferreyra y del Hospital Dr. José Irurzun han decidido continuar sin brindar respuestas respecto a una práctica esencial como es el derecho a acceder a un aborto por causales, práctica que además de ser legal desde 1921 ha sido caracterizada como prioritaria en el contexto del ASPO tanto por el Gobierno Provincial como Nacional.

En nuestro distrito, las malas prácticas de algunes profesionales de la salud con respecto a la ILE (negación, dilación, violencia) y la falta de intervención de lxs funcionarixs responsables, atentan contra las normativas y protocolos vigentes, contra la salud, riesgo de vida y la dignidad de lxs pacientes.

En base al marco legal actual, es necesario poner a disposición de quien solicita la ILE las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarla a cabo de manera rápida, accesible y segura. Asimismo, el protocolo 2019 incorpora las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos –dosis de medicamentos y aspiración manual endouterina (AMEU)–.

En Necochea y Quequén, aunque la medicación actualmente está garantizada por el Programa Provincial de Salud Sexual y Reproductiva, es preciso tener en cuenta que la crisis sanitaria multiplica las barreras para su futura disponibilidad, por eso urge que el Estado municipal tome medidas al respecto. Además, la ILE sólo es practicada por un único Centro de Salud, obstaculizada o abandonada en muchas instancias por el resto del sistema, y la AMEU no es desarrollada por ningún/a profesional.

Los riesgos asociados con la interrupción del embarazo, si bien son mínimos cuando se realiza adecuadamente, aumentan a medida que incrementa la edad gestacional. Por esta razón el derecho a la ILE debe otorgarse en no más de 10 días de solicitado y debe garantizarse en cada institución de salud, ya que, no existe la objeción de conciencia institucional. Ésta no puede invocarse para eludir el deber de participar de un procedimiento de ILE si no existe otro/a profesional que pueda garantizar la práctica, según lo establece la Ley de Derechos del Paciente 26.529. Tampoco si se trata de una situación de emergencia.

La objeción de conciencia puede ser invocada respecto a realizar la práctica en sí, pero no para las acciones necesarias para garantizar la atención integral, sean previas o posteriores al aborto. Además, el protocolo de Provincia 2020 explicita que la consulta por ILE debe considerarse una urgencia, en consecuencia, no puede posponerse, ni derivarse a otro centro del mismo nivel.
La interrupción del embarazo debe ser brindada bajo los mismos parámetros que cualquier otra prestación del servicio de salud, respetando los estándares de calidad, accesibilidad, confidencialidad, competencia técnica, rango de opciones disponibles e información científica actualizada. Se debe velar por la garantía de los derechos consagrados en el marco normativo y los/as efectores/as de salud y los/as funcionarios/as vinculados/as, son responsables de garantizarlo. En tanto no se aborde la situación con la profundidad y compromiso necesarios, continuarán los casos en perjuicio de la salud de las mujeres y de las personas con capacidad gestante.

Por estas razones, responsabilizamos a Arturo Rojas, intendente municipal; Lic. Ruth Kalle, secretaria de Salud; Gabriel González, director del Hospital Municipal Dr. Emilio Ferreyra; Nicolás Salguero, director del Hospital Municipal Dr. Jose Irurzun; Dr. Ricardo Russo, Jefe de Servicio de Ginecología del Hospital Dr. Emilio Ferreyra de desconocer, omitir y desatender, en el mejor de los casos, y obstaculizar, en el peor, el Código Penal de la Nación en su art 86 inc 1 y 2, las directivas emitidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su fallo F.A.L. de 2012, el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (Protocolo ILE), actualización 2019, ratificado por la Provincia de Buenos Aires en 2020, y las “Recomendaciones para la atención integral de las personas con derecho a interrumpir el embarazo y el acceso a métodos anticonceptivos, en el marco de la pandemia por coronavirus” de marzo del 2020 establecidas por el Ministerio de Salud de la Provincia.
Ante la falta de respuesta al pedido de reuniones, exigimos a las autoridades municipales que nos reciban a la brevedad.

LA PRÁCTICA DE INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO ES LEGAL. NEGARSE A REALIZARLA ES ILEGAL Y PASIBLE DE SANCIÓN

¡Seguiremos reclamando nuestro derecho a la salud integral, continuaremos exigiendo al Estado lo que nos corresponde!

¡LA ILE NO ES UN FAVOR, ES UN DERECHO Y ES URGENTE!

#AbortoLegal2020 #Quesealey
Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir.
Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito Necochea - Quequén

 

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