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Para que vuelvan al lugar de donde nunca debieron salir

El colectivo Justicia Ya! apeló las excarcelaciones, ordenadas por la Cámara de Casación Penal, de los represores que actuaron en centros clandestinos de La Plata.
(Cecilia Litvin – Red Eco) Buenos Aires. Lo hizo junto a los querellantes en las causas por delitos de lesa humanidad que se les sigue a Rubén Páez, Miguel Kearney y Bernabé Corrales, todos imputados por privación ilegal de la libertad y tormentos en los Centros Clandestinos de Detención Brigada de Investigaciones de La Plata y Destacamento de Arana.
La apelación se pudo realizar recién el viernes pasado, ya que la notificación de la liberación de los tres represores se conoció el 8 de enero, a pesar de haberse llevado a la práctica el 22 de diciembre pasado.
El colectivo Justicia Ya! le exigió además a los fiscales de casación que presenten también su apelación, tal como deberían haber hecho apenas conocida la excarcelación.
Guillermo Tragant, Angela Ledesma y Eduardo Riggi, integran la Sala III de la Cámara de Casación Penal, y los fundamentos que presentaron para ordenar la liberación de estos represores fueron duramente desestimados por los organismos de derechos humanos a través de un escrito presentado ante la Corte Suprema de Justicia. Allí, le solicitan a la Corte que revierta la medida ya que “resulta inconcebible y manifiestamente insultante para las víctimas y para la sociedad toda, que en el marco de la impunidad que reinó los últimos 33 años, se pretenda tomar como argumento decisivo que hasta el presente los imputados no registren condenas ni hayan procurado mantenerse prófugos de una Justicia que nunca los requirió”.
Además mostraron su bronca ante la insistencia del Poder Judicial de “minimizar el genocidio dando más valor a la edad de los imputados, a que sus lugares de residencia hayan sido estables, sus núcleos familiares consolidados y sus comportamientos en prisión correctos; que a los cientos de crímenes aberrantes por ellos cometidos”.
Cabe remarcar que este pedido de excarcelación ya había sido denegado, en el caso de Páez, en dos oportunidades. Los abogados de Rubén Páez solicitaron su excarcelación en la Causa Nº 11 caratulada "Crous, Félix Pablo S/ Denuncia – Centro Clandestino de Detención Arana” del Juzgado Federal Nº 3 de La Plata. Ante la denegatoria del Juzgado, los defensores plantearon un recurso de apelación ante la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que confirmó la resolución de primera instancia. Pero ante esto, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió anular estas decisiones previas y conceder el beneficio de la excarcelación bajo caución no juratoria. “En las instancias inferiores se valoró para denegar la excarcelación no solo el monto de la pena y la gravedad de los delitos que se imputan, sino el riesgo de entorpecimiento a la investigación y que los imputados pueden sustraerse a la investigación cosa que se desprende de la modalidad de los hechos, calificando al aparato estatal de la dictadura como una maquinaria destinada a lograr impunidad. Consideraron también que la libertad de estos imputados durante el proceso opera como intimidación hacia testigos y jueces. Mencionaron el caso de la desaparición de Jorge Julio López como paradigmático en esta cuestión”, expresó el colectivo de justicia en el Recurso Extraordinario Federal presentado ante la Corte Suprema.
Además, para Justicia Ya! esta decisión judicial pone al país en situación de ser sancionada por incumplimiento de las responsabilidades internacionales que ha
asumido: “Por un lado, se pone en riesgo la concreción del castigo a quienes cometieron violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad; por otro, se afectan los derechos que tienen las víctimas a que la justicia investigue y sancione a los responsables. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido en numerosos fallos que el hecho de que no se sancione a los responsables genera un amedrentamiento permanente hacia las víctimas, familiares y operadores judiciales a cargo de las investigaciones”.
Estas excarcelaciones, a su vez, generan el riesgo de que se frustre o se demora aún más la realización del juicio oral y público contra los represores.
Lamentablemente la liberación de los represores de La Plata ni siquiera puede considerarse un caso aislado. Hechos similares están ocurriendo en todo el país, pueden encontrarse ejemplos en Córdoba, Mendoza, Neuquén, Corrientes y Tucumán. Cabe preguntarse entonces por qué no se acciona en estos casos como sí se hizo, tarde pero se hizo, ante las posibles excarcelaciones de Alfredo Astiz, el Tigre Acosta o Antonio Pernías en diciembre pasado. Desde Justicia Ya! esbozan una respuesta: “Es lícito sospechar que como la libertad de estos genocidas (refiere a Páez, Kearney y Corrales) produjo un impacto social mucho menor que si los excarcelados hubieran sido Astiz, Acosta o Pernías, no resultó políticamente imprescindible evitarla. La sospecha de ese uso político solo se desterrará si los fiscales apelan el fallo antes que venza el plazo, en la primera semana de febrero”.
 

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