Red Nacional de Medios Alternativos

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La RNMA frente a la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La Red Nacional de Medios Alternativos de Argentina (RNMA) es un espacio de acción y de debate en el que nos articulamos, desde el año 2004, medios alternativos, comunitarios y populares de todo el país, y en diferentes soportes.
En primer lugar, desde la RNMA, afirmamos que la existencia de la actual propuesta de proyecto de ley es producto de la lucha de todos los que construimos espacios de comunicación popular, alternativa y comunitaria.
La pelea la dimos no sólo desde la caída de la dictadura (y también antes)  sino que además resistimos el embate neoliberal del menemismo que nos quiso hacer desaparecer.
Desde hace un año, la RNMA venía pidiendo conocer el proyecto. Hicimos varias actividades públicas y juntamos cientos de firmas. Lamentamos la brevedad de los tiempos que nos han marcado para presentar propuestas ante una ley de esta trascendencia y de lo complejo de su entramado.
Sin embargo hemos estudiamos el proyecto  y traemos nuestros aportes y críticas a este Foro, por dos motivos:
1º porque, tal como dice la introducción, este es un “documento de trabajo destinado a ser enriquecido, corregido y mejorado”  y por lo tanto no tendremos una actitud ni obsecuente ni de “veneración” respecto al mismo.
2º porque creemos necesario que se especifiquen conceptos, definiciones que aparecen poco claros o ambiguos de manera que no estén sujetos a interpretaciones de unos pocos cuando la ley se reglamente. La letra de la ley debe ser lo más clara y específica posible. 

Estas son nuestras propuestas

1. Planteamos la Derogación del Decreto 527/05.
Si el espíritu de la Propuesta de Proyecto de Ley es la limitación a los monopolios la existencia de este decreto es una clara contradicción.
Este  Decreto 527/05 - que en la práctica entregó por una década más las licencias a los monopolios para que las continúen explotando- es un cerrojo para la aplicación plena de la ley. 
El mismo Artículo 40 de la Propuesta de Proyecto dice “El  régimen de multiplicidad de licencias previsto en esta  ley no podrá alegarse como derecho adquirido frente a  las normas generales que, en materia de desregulación, desmonopolización o defensa de la competencia, se establezcan ahora o en el futuro”.
Por eso pedimos su derogación
 
2. Pedimos que se re-defina y especifique al actor denominado “Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”.
Nuestro medios..- los medios comunitarios, populares y alternativos – son  mucho más que entidades sin fines de lucro. Tampoco debemos ser confundidos con medios de baja potencia. Por el contrario, somos organizaciones que cumplimos un rol político-social fundamental dentro de las comunidades (geográficas o de intereses) en las que realizamos nuestro trabajo. Por eso resulta imperioso que la ley cuente con esta tipología de licenciatario.

3. Respecto a nuestros medios, el proyecto debe asignarles una parte específica de espectro.
La igualdad de oportunidades de acceso a licencias es imposible dentro del 33% designado para entidades privadas sin fines de lucro.
Porque nuestros medios tendrían que disputar licencias con Fundaciones, las iglesias, las corporaciones sindicales y otras organizaciones que entran en la misma tipología de licenciatario cuyo poder político y económico (y sus características y objetivos) son completamente distintos a los nuestros.
Los medios comunitarios, populares y alternativos deben estar especialmente protegidos y su actividad específicamente promovida para poder gozar de un ejercicio de la comunicación plenamente democrático.
La garantía del ejercicio pleno de los derechos de los comunicadores comunitarios, populares y alternativos tiene que ser una obligación del Estado y esto tiene que quedar claro en la Propuesta de Proyecto de Ley


4. También el proyecto debe contemplar mecanismos específicos de acceso a licencias para nuestros medios.
El proyecto debe prever asistencia técnica y tarifas diferenciadas para el acceso a los pliegos; elementos que faciliten los trámites respecto a la obtención de personería jurídica y para la elaboración del plan técnico y financiero, etc.
Estos mecanismos específicos de acceso a licencias deberán incluir a su vez consideraciones específicas respecto de los requisitos de “idoneidad y experiencia” que se plantean en la propuesta.

5. Respecto a la ayuda financiera
Para que la igualdad de acceso a licencias se haga efectiva es necesaria una clara actitud proactiva de promoción de los medios comunitarios, populares y alternativos por parte del Estado. Para que esto ocurra es necesario que, mas allá del 4% asignado por el art.85, se establezca un FONDO ESPECIFICO en base a lo recaudado por el gravamen a la radiodifusión (art 82), exceptuándolos además del pago del mismo.  Este FONDO se destinaría para abrir líneas de financiamiento, subsidios, asistencia técnica, etc.

6. Asignación automática de licencia
Para todos aquellos medios comunitarios, populares y alternativos que al momento de sanción de la ley estén transmitiendo, en base al análisis del Consejo Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y al historial de dichos medios (producciones, aval de comunidad, etc.),
Devolución de los equipos a los radios que hayan sido decomisadas.

7.  Respecto a los órganos de control exigimos mayor pluralidad y representatividad.
Tanto el órgano de control como los distintos consejos que prevé la propuesta son altamente dependientes del Poder Ejecutivo quien es el que finalmente  “designa” a sus integrantes…”a propuesta de” o por elección de “candidatos de” cada sector que los integran.
En este sentido proponemos que:
Autoridad de aplicación: que pase de cinco a siete miembros. Tres designados por el Poder Ejecutivo, dos designados por la Comisión Bicameral y dos designados por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, uno de los cuales debe provenir del sector de los comunitarios.
Consejo Federal de Comunicación Audiovisual: que se incorporen tres miembros más designados por el sector de los medios comunitarios, populares y alternativos.
Defensor del público: que sea elegido a través de un procedimiento parlamentario como el Defensor del Pueblo de la Nación.

8. Reducción del número de licencias por prestador.
La limitación a 10 licencias por prestador no es suficiente para acabar con el monopolio mediático. Es necesario reducir esta cantidad para poder lograr los objetivos explicitados en la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios Audiovisuales de “promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación”.

Todas estas propuestas apuntan a  democratizar la comunicación y limitar el avance de los monopolios mediáticos, aunque nuestra lucha continuará hasta que éstos no existan más.
Durante el Foro realizado en la ciudad de Córdoba el Sr. interventor del COMFER, Gabriel Mariotto, que: “Aquellos aportes que coinciden con el espíritu del Ejecutivo serán incorporados”.  Esperamos que así sea. 
De todos modos afirmamos que será la movilización popular lo que garantice no solo de que pueda parir una nueva ley sino de que la misma se ponga en práctica y no quede, como en muchos casos, en letra muerta.

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Web: http://www.rnma.org.ar


Fabiana Arencibia - RNMA Reg. Bs. As.
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