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Referendo reconoce diversidad de familias en Cuba y consolida derechos

El Código de las Familias en Cuba, avalado el domingo 25 en referendo, paga deudas con personas históricamente marginalizadas, además de desarrollar principios como los de igualdad, inclusión social, no discriminación y lucha contra las violencias.

(IPS) Cuba - “Además de inclusivo, el Código es una acción afirmativa de tipo legal, porque coloca a personas en situación de vulnerabilidad en el entorno familiar en un plano de igualdad de oportunidades para el ejercicio de sus derechos, en relación con grupos que hasta ahora los han tenido”, razonó el jurista Rodolfo Echevarría.

La norma con rango de ley fue votada el 22 de julio por la Asamblea Nacional Popular, el unicameral parlamento cubano, tras 25 versiones y una consulta que recabó criterios de la ciudadanía del 1 de febrero al 30 de abril en barrios de los 168 municipios de este país insular caribeño.

Es la única sometida a referendo de los cerca de 70 proyectos del cronograma legislativo 2019-2023, para normar lo dispuesto en la Constitución vigente desde 2019.

El Código, que necesitaba una mayoría simple para recibir luz verde, sumó casi 67 % de los sufragios válidos equivalentes a más de 3,9 millones dentro de un padrón electoral de 8 447 467 de ciudadanos con derecho al voto.

El rechazo de un tercio del electorado, las boletas anuladas más 26 % de personas que se abstuvieron de acudir a las urnas resulta singular para los más recientes procesos electorales en la isla, caracterizados por alta participación y respaldo mayoritario a las propuestas gubernamentales.

Muchos interpretan en el resultado una expresión de la homofobia y el conservadurismo que perviven en la sociedad cubana, y la forma en que la nueva ley apunta a derribar las bases de la cultura patriarcal, el adultocentrismo y estructuras que reproducen las violencias.

El referendo estuvo antecedido por una intensa campaña gubernamental favorable al Sí en medios, plataformas oficiales y el espacio público algo que analistas consideran pudo haber provocado en algunos un efecto negativo por la saturación y politización de los mensajes.

A través de comunicaciones públicas la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba reconoció aspectos positivos del Código, aunque mostró desacuerdo con la forma de constituir el matrimonio, la adopción y la gestión solidaria, entre otros.

Algunas denominaciones de iglesias evangélicas, personas con posturas antiderechos y fundamentalistas, al igual que opositores políticos exhortaron al rechazo.

Aspectos esenciales

Por mandato constitucional el Estado reconoce y protege a las familias, “cualquiera sea su forma de organización, como célula fundamental de la sociedad” y ampara el derecho de toda persona a fundar una.

Además de unificar las múltiples reconfiguraciones familiares con absoluta igualdad, la norma reconoce el matrimonio igualitario, la adopción para parejas del mismo género y la gestación solidaria, como se define localmente la subrogada por ser altruista y prohibirse la compensación económica.

Son cambios calificados de revolucionarios para un país con enraizada cultura machista.

Unos 25 000 hombres, una parte significativa de ellos homosexuales fueron enviados de 1965 a 1968 a campos de trabajo conocidos como Unidades Militares de Apoyo a la Producción (Umap).

Las Umap son consideradas un lamentable capítulo de la historia cubana y fueron disueltas por decisión del propio gobierno en junio de 1968.

En la década de los años 70, el establecimiento de “parámetros” limitó el empleo de personas con sexualidades no heteronormativas en la educación y la cultura.

La nueva legislación sintoniza con convenciones internacionales suscritas por el estado cubano sobre la prevención de la violencia y discriminación por motivos de género, así como las de protección de menores, adultos mayores y personas con discapacidad.

Incluye entre sus principios atender al interés superior del niño o niña y sustituye la institución de la patria potestad por la noción de responsabilidad parental.

Según especialistas, tal modificación busca evolucionar de relaciones intrafamiliares verticales y autoritarias hacia un paradigma más horizontal en la comunicación, crianza y educación de infantes y adolescentes por sus progenitores, tutores, abuelos y otros familiares.

La norma instituye los 18 años como edad mínima para el casamiento y deroga las excepciones que consentían el matrimonio infantil.

Introduce el reconocimiento de la autonomía y capacidad progresiva de niños, niñas y adolescentes y lo relativo a su representación legal.

El Código de las Familias, que sustituye a su predecesor de 1975, contempla un aumento de los derechos y protecciones legales hacia las personas adultas mayores y las personas con discapacidad.

Asimismo, fortalece el ámbito relacionado con la distribución equitativa del trabajo doméstico y el cuidado en un país donde 21,6 % de los 11,1 millones de habitantes sobrepasan los 60 años y que, al igual que en otras naciones, estas tareas recaen fundamentalmente en las mujeres.

Además, defiende el desarrollo pleno de los derechos sexuales y reproductivos en el entorno familiar, la protección de la maternidad y la paternidad y la promoción de su desarrollo responsable, al igual que el derecho a una vida familiar libre de discriminación y violencia en cualquiera de sus mani­festaciones.

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